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Legislatura provincial

Buscan cambiar la fecha de la Fiesta del Sol a través de una ley

El proyecto ingresó a través del Gobierno local. El oficialismo pretende que el evento cultural se realice entre el 15 de octubre y el 15 de diciembre.

Por Redacción Tiempo de San Juan

Importante novedad sobre la Fiesta Nacional del Sol (FNS) 2024. Esta semana ingresó a la Cámara de Diputados de San Juan el proyecto para cambiar la fecha del evento cultural más importante de la provincia. La actual normativa -Ley N° 411-F - establece que debe realizarse en la última semana de febrero, hecho que el orreguismo busca la modificación y trasladarlo entre el 15 de octubre y el 15 de diciembre.

El Gobierno local envió el proyecto a la Legislatura provincial. El diputado oficialista Juan de la Cruz Córdoba manifestó que la iniciativa tomó estado parlamentario y se encuentra en la comisión de Educación y Cultura. Posteriormente deberá tratarse en Legislación y Asuntos Constitucionales.

El proyecto propone que la FNS se realice entre el 15 de octubre y el 15 de diciembre de cada año. “Estamos analizando para que esa fecha quede de forma permanente, o si se establece por un año o dos años”, expresó el legislador en AM 1020.

Cabe destacar que el cambio de fecha este año obedeció a cuestiones presupuestarias. Una vez realizada la FNS 2024 –a ejecutarse del 31 de octubre al 2 de noviembre-, evaluarán si es conveniente quedarse con ese calendario.

Los fundamentos del oficialismo

Las pretensiones del orreguismo es cambiar el artículo 66 de la Ley N° 411-F de “Patrimonio Cultural y Monumentos Históricos”. Actualmente, la normativa expone que el evento cultural debe realizarse en la última semana de febrero de cada año, con un tiempo de duración desde el día martes al sábado de ese periodo.

1667 PL MODIFICACION LEY Nº 411-F.pdf

El cambio propuesto es que tenga lugar entre el 15 de octubre y el 15 de diciembre, como fecha estimada. “La duración del evento cultural no debe ser menor a tres días ni mayor a cinco días”, afirma la publicación que ingresó a la Cámara de Diputados. Los días deben ser determinados por la autoridad de aplicación.

La otra modificación pertenece al artículo 67. La actual ley manifiesta que el Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Turismo, Cultura y Medio Ambiente, debe reglamentar la presente ley. El oficialismo busca que la Autoridad de aplicación sea el Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte, o el que en el futuro lo reemplace.

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