"Voy a apelar esa resolución", aseguró Julián Gil a Tiempo de San Juan, luego de conocerse la decisión del Tribunal de Disciplina del Foro de Abogados que resolvió excluirlo de manera definitiva de la matrícula profesional. La medida implica que el exintendente de Caucete no podrá ejercer como abogado, posibilidad de la que se venía hablando desde hace casi un año, según publicó este diario en 2024.
La resolución se fundamenta en la condena que recibió en agosto del año pasado: un año de prisión en suspenso por dos hechos de encubrimiento agravado. En aquella oportunidad, Gil reconoció ante la Justicia haber intentado sobornar a víctimas para favorecer a sus clientes.
La exclusión está amparada en la Ley Orgánica del Ejercicio de la Abogacía (N° 127 A), cuyo artículo 79 establece como sanción disciplinaria la pérdida de la matrícula en caso de “condena judicial firme cuando, de las circunstancias del caso, se desprendiera que el hecho afecta el decoro y ética profesionales”.
El Tribunal que lo sancionó estuvo integrado por Cala Nale (presidenta), Elena Beatriz Quiroga (vice), Valeria Díaz (secretaria general), y los vocales Federico Molinero y María Daniela Martínez. La decisión habría sido tomada por unanimidad, informó el diario 0264Noticias.
El número de matrícula que lo habilitaba como abogado era el 4722. El número de matrícula que lo habilitaba como abogado era el 4722.
Gil ya fue notificado de la resolución y, como confirmó en diálogo con este medio, tiene decidido apelar ante el Directorio del Foro de Abogados. Si lo hace, se abrirá un plazo de 25 días hábiles de trámites internos, tras lo cual el órgano máximo de la institución contará con 30 días para confirmar o revertir la sanción. En caso de ratificación, la última vía será acudir al Juzgado Contencioso Administrativo.
Un antecedente anunciado
La posibilidad de que Gil perdiera su matrícula ya había sido advertida en septiembre del año pasado, cuando distintas fuentes consultadas señalaron que, pese al acuerdo entre su defensa y la fiscalía, la inhabilitación profesional no había quedado contemplada en la condena penal. Por ello, el futuro de su carrera como abogado dependía directamente de lo que resolviera el Foro.
En aquella ocasión, especialistas explicaron que el Tribunal de Disciplina podía actuar de oficio frente a una condena por delitos dolosos, como lo fue en este caso. Aunque en la práctica no siempre ocurre sin una denuncia de por medio, esta vez el proceso avanzó hasta la sanción más severa: la exclusión definitiva.
La condena contra Gil y con polémica incluida
En agosto del año pasado, el exintendente de Caucete, Julián Gil, fue condenado a un año de prisión en suspenso por dos casos de encubrimiento vinculados a causas de abuso sexual. Durante el proceso, su defensa intentó restringir el acceso de la prensa y el Ministerio Público Fiscal llegó a pedir prisión preventiva.
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La investigación acreditó que Gil intentó sobornar a víctimas para favorecer a imputados en esas causas. Finalmente, mediante un juicio abreviado y tras mostrarse arrepentido, acordó la pena mínima y evitó ir a prisión, ya que no tenía antecedentes. Tras la audiencia, salió en libertad sin dar declaraciones a los medios.