Un hecho de inseguridad ocurrido el pasado 8 de diciembre de 2025 en Caucete tuvo su capítulo final este martes. Miqueas Ignacio González Vargas fue condenado a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, tras reconocer su responsabilidad por ingresar a una vivienda y sustraer una caja de herramientas.
La pena fue dictada por la jueza Mabel Irene Moya por el delito de hurto simple, en el marco de un juicio abreviado.
El hecho ocurrió alrededor de las 17.30 horas, cuando el imputado accedió a un domicilio particular a través de un portón que no contaba con medidas de seguridad. Una vez en el interior, se apoderó de una caja de herramientas con distintos elementos, los cuales fueron posteriormente recuperados y restituidos al denunciante.
En un primer momento, la causa investigaba los delitos de hurto y violación de domicilio en concurso real. Sin embargo, las partes acordaron recalificar la imputación, con el objetivo de morigerar la acusación y permitir la resolución del caso mediante un juicio abreviado.
Al momento de dictar la sentencia, la magistrada tuvo en cuenta que González Vargas solo tiene 20 años y que, que es la primera condena y que prestó colaboración para arribar a la medida alternativa. Por otro lado, el condenado registraba una condena condicional de seis meses dictada en octubre, la misma fue revocada. Acto seguido, se procedió a la unificación de penas, lo que derivó en la imposición de una pena efectiva y le computan a favor los dos meses de prisión preventiva que cumple actualmente en el Servicio Penitenciario Provincial de acuerdo con los artículos 40, 41, 56 y 58 del Código Penal para la determinación de la pena.
El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el fiscal Miguel Ángel Gay, con la intervención de los ayudantes fiscales José Salinas Molina y Nicolás Zapata Bridge, mientras que la defensa estuvo a cargo de la defensora oficial Sandra Leveque.
La pena deberá cumplirse en el Servicio Penitenciario Provincial, aunque, de mantener buena conducta, González Vargas podría acceder al régimen de salidas transitorias una vez cumplidos tres meses de detención, conforme lo establece la normativa vigente.