Después de que el secretario general del Sindicato de Taxis fuera denunciado en la justicia penal por presunta estafa, la fiscalía que inició una investigación preliminar desestimó la acusación en su contra, ya que concluyó que no se configuró la comisión de un delito y remarcó que se trata de un litigio que debe ser solucionado en la justicia civil y comercial.
El caso resulta curioso porque estuvo muy cerca de formalizarse y fue la jueza de Garantías, Flavia Allende, la que entendió que no había elementos para endilgar una acusación contra Walter Ferreri. Si bien el fiscal Eduardo Gallastegui había realizado una descripción de los hechos, para la autoridad no fue suficiente y ordenó que se continuara la investigación preliminar.
Fue por eso que la instrucción siguió su curso y, dos meses más tarde, el presentante del Ministerio Público, con más pruebas en su poder, entendió que la conducta señalada por cinco personas que acudieron a la UFI de Estafas y Delitos Informáticos, representadas por el abogado Juan Manuel Riveros, no encuadraba en una figura típica.
Los denunciantes sostenían que “...los pago de estas cuotas sindicales, no se correspondían a ninguna contraprestación por parte del sindicato..”; que las cuotas variaban sin parámetros sin ser notificados, que no fueron afiliados al sindicato. Asimismo, que su afiliación al gremio no estaba relacionada con su actividad laboral. Además, refieren que el pago de esas cuotas sindicales se hacía bajo la supuesta amenaza proferida por Ferreri de perder sus carpetas y dejar de ser adherentes.
Sin embargo, el fiscal Gallastegui advirtió que cada uno de los denunciantes tenían acción civil para reclamar pagos indebidos en caso de falta de prestación, de restitución en caso de pagos que entiendan indebidos mas daños. En relación a la falta de relación de la cuota sindical con su actividad, remarcó que los denunciantes se adhirieron, de manera voluntaria, al sindicato para obtener su casa hoy adjudicada.
En lo que refiere a la figura de estafa, el fiscal descartó que hubiera existido, ya que para la misma es necesario que haya un ardid o engaño que provoque un error en la víctima y, como consecuencia de ese error, una disposición patrimonial perjudicial. Esto no fue lo que sucedió y, por ello, desestimó cualquier tipo de imputación contra Ferreri, defendido por Agustín Idemi.
Asimismo, el instructor de la denuncia señaló: "La controversia que hoy se plantea, versa sobre la validez, alcance y exigibilidad de obligaciones asumidas en convenios privados, así como sobre la procedencia, validez y llenado de pagarés firmados. Estas cuestiones —incluyendo la discusión sobre montos, actualizaciones y legitimación del ejecutante— son propias del derecho civil y comercial".
Así fue que, tras dictaminar que se trataba de una disputa de contractual de naturaleza civil y comercial derivada de un contrato de adhesión, donde las partes discrepan sobre el alcance de las obligaciones y el cumplimiento de las mismas, liberó de cualquier sospecha al gremialista que fue cuestionado por los convenios que firmó en la entrega de carpetas para la construcción de viviendas que se realizaron en conjunto con el IPV.
En caso de no quedar conformes con la desestimación de Gallastegui, los patrocinados por Riveros podrían acudir a una segunda opinión del otro fiscal coordinador de la UFI, quien podría respaldar la primera decisión o, bien, proveer los mecanismos para dar reinicio a la investigación y una posible acusación. Mientras tanto, la historia para Ferreri en el fuero penal estaría saldada.