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Sistema Acusatorio

Caso alquiler de cancha en La Granja: el juez falló en contra a un pedido de la fiscalía

El Ministerio Público Fiscal pidió que los imputados no tuvieron comunicación entre ellos como medida cautelar, pero el magistrado no dio a lugar.

Por Pablo Mendoza

El pasado agosto, cuatro personas quedaron en la mira de la Justicia por facturar con propiedades del estado. Se trata del caso que investiga la UFI Delitos Especiales, en donde 4 directivos alquilaban la cancha de hockey sobre césped de La Granja (C.E.F. Nº20) y se quedaban con el dinero. Maniobra que habría ocurrido entre el 2019 y 2021.

En aquella ocasión, la jueza de Garantías María Gema Guerrero imputó por los delitos de abuso a la autoridad (Artículo 261 del Código Penal) y falta a los deberes de funcionario público (Artículo 248 del Código Penal) a los cuatro acusados, el actual vicedirector del C.E.F. N°20, Miguel Jofré; la Supervisora de Área, Carmen Villanova; el exdirector ahora jubilado (estuvo entre 2019 al 2021) Daniel Samat y el expresidente de la Cooperadora de ‘La Granja’, Mario Sanz. También los dejó en libertad, pero debían respetar varias medidas cautelares.

El fiscal del caso, Francisco Micheltorena, presentó el recurso de impugnación de este fallo porque pidió que también se le otorgara lo que dice el inciso 6 del Artículo 295, que los imputados no se puedan comunicar entre sí.

La audiencia de impugnación de medidas cautelares se realizó este miércoles en Sala 7 del Sistema Acusatorio y el juez de Impugnación, Benedicto Correa, no dio a lugar al recurso presentado por la fiscalía.

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El juez de Impugnación, Benedicto Correa.

El juez de Impugnación, Benedicto Correa.

El magistrado manifestó que el MPF no desarrolló bien los fundamentos y lo consideró insuficiente. Además, señaló que la jueza de Garantías fundamentó correctamente su resolución. Finalmente, Correa resolvió rechazar el pedido de fiscalía.

Ante esta situación, los cuatro imputados todavía siguen siendo investigados por los delitos que se les imputó, pero solo deberán cumplir una sola medida cautelar; el inciso 1 del Artículo 295 Código Procesal Penal, es decir, que deben someterse a la investigación y no deber entorpecerla.

Los primeros datos que la UFI Delitos Especiales confirmaron es que por el alquiler de esta cancha se habría recaudado casi 5 millones de pesos.

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