Un revés judicial golpeó a una conocida firma empresarial sanjuanina y benefició a un trabajador: un Tribunal de Impugnación anuló la condena contra un chofer de camiones que fue denunciado por Martín Turcumán de intentar robarle combustible. Lo que en mayo se había traducido en una pena de 4 meses de prisión en suspenso, esta semana quedó sin efecto y se transformó en una absolución en favor del camionero.
La denuncia se remonta al 31 de marzo de 2025, cuando Domingo Ángel Becerra conducía un camión cisterna cargado de combustible desde Caucete hacia Rivadavia. En un tramo de la avenida Costanera, en Chimbas, el camionero giró en “U” y estacionó el vehículo en contramano, en un movimiento que despertó sospechas. En el lugar también estaba su yerno, y justo en ese momento aparecieron Martín Turcumán, apoderado de la firma, y su primo Juan Pablo Cobos, quienes interpretaron que se trataba de un intento de robo de combustible.
A pesar de que no se constató faltante de carga ni manipulación de precintos, estos lo denunciaron penalmente y lo hicieron llevar preso, bajo el Sistema de Flagrancia. El juez Carlos Lima entendió que la maniobra y algunos elementos en la escena constituían un inicio de ejecución del delito. Con ese razonamiento, el 29 de mayo de 2025 condenó a Becerra a 4 meses de prisión condicional. Esto también le significó el despido de su trabajo.
La defensa, ejercida por los abogados Joaquín Moine y Martín Codón, apeló la sentencia en ese entonces. Los letrados argumentaron que los actos atribuidos a Becerra eran, en todo caso, meros actos no punibles, y que el fallo había forzado la figura de tentativa de hurto.
El planteo fue revisado por el juez Juan Carlos Caballero Vidal, integrante del Tribunal de Impugnación, quien coincidió con los defensores. En su resolución del 16 de septiembre de 2025, anuló la condena y advirtió que el derecho penal es de “última ratio” y no puede aplicarse a hechos que, aunque reprochables en el plano laboral, no configuran un delito.
Caballero Vidal fue tajante: en el procedimiento no se probó ninguna acción de desapoderamiento. Los precintos de seguridad estaban intactos, el cajón de descarga cerrado y la carga completa. En consecuencia, no hubo indicio material del hurto. Por eso, resolvió absolver al chofer, con un llamado de atención al juez de Flagrancia por las suspensiones y dilaciones durante el juicio.
La pelea judicial continuará, dado que el fiscal y la querella pueden recurrir este fallo que anuló la condena. Por otro lado, la resolución que se conoció este martes abre la puerta para el reclamo del trabajador que, a partir de la absolución, seguramente exigirá su reincorporación o la indemnización por echarlo sin justificación.