El conflicto por el uso de la red eléctrica de alta tensión sumó un nuevo capítulo. El Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE) difundió la presentación formal que realizó ante el organismo nacional, el ENRE, para explicar por qué rechaza la decisión de habilitar a la minera Vicuña a disponer de la línea de 500 kV por 25 años.
Esta decisión nacional que ha quedado plasmada en la Resolución 79/2026 del ENRE ha levantado revuelo en San Juan porque le otorga a la minera la posibilidad de acceder y ampliar la capacidad en el principal sistema de transporte de energía en San Juan.
Desde el regulador sanjuanino advierten que, tal como está planteado, el proceso podría afectar intereses estratégicos de la provincia, además de que la línea fue pagada por los sanjuaninos a través de la factura de la luz, y reclama que el tema se trate en una audiencia pública en la provincia.
Un detalle jugoso es que indica que en el caso de que finalmente se le otorgue a Vicuña la línea eléctrica, la minera debería pagar antes a quienes costearon la obra de infraestructura eléctrica.
Los argumentos principales
- Falta de Audiencia Pública: El EPRE sostiene que el ENRE debe abstenerse de otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública a Vicuña sin convocar previamente a una audiencia pública. Consideran imprescindible que se permitan exponer las observaciones técnicas y jurídicas de todas las partes con interés legítimo.
- Capacidad de Transporte Comprometida: El EPRE argumenta que la capacidad del corredor Mendoza–San Juan no es "excedente", sino que ya está estructuralmente comprometida para garantizar el abastecimiento presente y futuro de la demanda de la población de San Juan. Afirman que pretender capturar el 90% de la capacidad remanente para un proyecto privado es un "ejercicio abusivo del derecho de acceso".
- Financiamiento previo: la Línea de 500 kV San Juan-Rodeo fue financiada por la Provincia de San Juan y sus usuarios a través de fondos específicos. Por ello, el EPRE exige que Vicuña Argentina sea identificada como "Beneficiario No Iniciador", lo que la obliga a pagar por los derechos financieros a quienes originalmente costearon la obra (la Provincia y el FFTEF) antes de obtener el acceso.
- Defensa de la Planificación Provincial: Según la Ley Provincial Nº 1181-A, la planificación de las obras que vinculan a San Juan con el sistema nacional es de carácter estratégico para la provincia y de hecho detalla el plan de expansión que tiene en carpeta. El EPRE sostiene que su intervención es un requisito sustantivo y no meramente formal, ya que estas obras son de utilidad pública provincial.
- Necesidad de Obras Específicas: El regulador sanjuanino plantea que cualquier nuevo requerimiento de gran magnitud, como el de la minera, debe basarse en la ejecución de ampliaciones específicas que deben ser pagadas por el solicitante, en lugar de utilizar la capacidad instalada para el crecimiento poblacional e industrial de la provincia.
- Tarifas: El EPRE reafirma que ninguna decisión regulatoria puede implicar un incremento en las tarifas que pagan los usuarios del servicio eléctrico en San Juan.
En resumen, el EPRE acusa al ENRE de intentar otorgar una prioridad de uso que perjudica el interés general de la provincia en favor de un interés privado, ignorando el esfuerzo financiero histórico de los sanjuaninos en su red eléctrica. La presentación es la siguiente: