miércoles 4 de febrero 2026

Alcanzaste el límite de 40 notas leídas

Para continuar, suscribite a Tiempo de San Juan. Si ya sos un usuario suscripto, iniciá sesión.

SUSCRIBITE
Cambios

Nación reglamentó la Ley de Emergencia en Discapacidad: cuáles son las modificaciones

Al mismo tiempo creó nuevo régimen de pensiones. La medida define con precisión los criterios de acceso al nuevo régimen y las condiciones de permanencia.

Por Redacción Tiempo de San Juan

El Gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y estableció los procedimientos operativos para un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinado a personas con discapacidad, según se publicó este miércoles en el Boletín Oficial.

La medida, dispuesta mediante el Decreto 84/2026 firmado por el presidente Javier Milei, responde a una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana que ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793, tras declarar la invalidez de un decreto anterior que había suspendido su ejecución por falta de financiamiento.

La reglamentación define con precisión los criterios de acceso al nuevo régimen de pensiones, las condiciones de permanencia, las incompatibilidades con otros beneficios, los procedimientos administrativos y los mecanismos de control correspondientes. De acuerdo con los considerandos de la norma, la configuración del sistema deberá articularse con las reglas de compatibilidad de ingresos y con las políticas de inclusión laboral de las personas con discapacidad.

El decreto incorpora la Secretaría Nacional de Discapacidad al organigrama del Ministerio de Salud, centralizando la política de discapacidad en esa cartera. Esta decisión responde a una concepción integral del derecho a la salud y a la protección social, que comprende dimensiones sanitarias, sociales, económicas y de acceso a derechos.

La norma instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar los criterios de evaluación socioeconómica y presentar un plan de auditorías periódicas dentro de los 30 días. Asimismo, faculta a esa secretaría a dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación.

El decreto establece la conversión de oficio de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad a su vigencia en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, lo que impone a la autoridad de aplicación la adopción de medidas para identificar, relevar y verificar las condiciones de las prestaciones alcanzadas.

Las medidas adicionales que se acuerden con el Consejo Federal de Discapacidad serán implementadas mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado Nacional y las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a sus respectivas competencias y disponibilidades presupuestarias. Esto, con el objetivo de dar precisión operativa y administrativa a la norma, ordenar los criterios de implementación y fortalecer los mecanismos de control.

La reglamentación entró en vigencia a partir del día de su dictado, el 3 de febrero de 2026.

Fuente: NA

Seguí leyendo

Dejá tu comentario

LO QUE SE LEE AHORA
Drama y emoción en Córdoba: un padre se tiró a un aljibe para salvar a su hija.

Las Más Leídas

Emiliano Barrera (31) y Elías Daher (35).
En Cienaguita (Sarmiento) se encuentra el rincón que combina naturaleza, espiritualidad y aguas curativas: el Manantial Virgen de Lourdes,
Dos policías de la División Criminalística toman huellas y rastros dentro del negocio donde se produjo el robo. Fotos de TIEMPO DE SAN JUAN. video
Grave choque en Capital: un policía en moto impactó con un colectivo y terminó con una pierna destrozada
Quién era el joven que murió tras descompensarse en una finca en Caucete

Te Puede Interesar