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A tener cuidado

La ANMAT prohibió unos productos de limpieza por comprometer la seguridad sanitaria

Las disposiciones publicadas en el Boletín Oficial ordenan el retiro inmediato de varios equipos y sustancias por incumplimiento de registros.

Por Redacción Tiempo de San Juan

De acuerdo con la Disposición 9289/2025, la firma Wohr Rubén Alberto, con sede en la localidad de Esperanza, provincia de Santa Fe, quedó bajo sumario sanitario y sus productos fueron objeto de una prohibición extensiva.

La inspección realizada por el Servicio de Domisanitarios detectó la existencia de productos sin registrar y otros que no respetaban los rótulos y la trazabilidad requeridos

Entre los artículos se encuentran: el “Limpiador Multiuso desinfectante”, el “Sulfato de cobre” para piletas, el “Removedor de insectos ultra concentrado”, el “Hipoclorito de sodio 100 gr Cl/L” utilizado como desinfectante de agua de piscinas, el “Alguicida”, el “Regulador de pH”, el “3 en 1, precipitante, clarificante, floculante”, y el “Limpiador Cremoso”, todos distribuidos bajo la marca “Wohr Química”.

Las inspecciones apuntaron además que existen productos con etiquetas que no concuerdan con los formatos debidamente autorizados, sumado a la ausencia de leyendas obligatorias o falta de datos de registro del producto.

Frente a esto, la autoridad sanitaria instruyó la apertura de un sumario a la firma Wohr Rubén Alberto, incluyendo a su director técnico, el ingeniero químico Rubén Eusebio Thimental, por presunta infracción al artículo 816 del Decreto N° 141/53 y a otras disposiciones vinculadas a la comercialización de productos sin la inscripción reglamentaria.

La ANMAT fundamentó que la fabricación, tenencia, circulación, distribución y entrega al público de productos ilegítimos crea un riesgo sanitario inaceptable, a la vez que vulnera el control integral sobre el mercado de productos médicos y domisanitarios.

Las autoridades comunicaron estas prohibiciones a los organismos competentes, entre ellos la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria, la Dirección de Gestión de Información Técnica y la Coordinación de Sumarios, disponiendo también que las resoluciones sean publicadas oficialmente y notificadas a las áreas técnicas de salud tanto a nivel nacional como provincial.

A su vez, aplicaron una medida similar sobre una serie de equipos médicos detectados en la sede de El Centro del Kinesiólogo S.R.L. en Mar del Plata.

Según la Disposición 9295/2025 de la ANMAT, dicha empresa operaba con equipos de ultrasonido y magnetoterapia fabricados en el lugar, careciendo de registro sanitario y habilitaciones nacionales, además de ofrecer servicios de reparación para dispositivos sin documentación que acreditara su procedencia.

Conforme informó el Departamento de Control de Mercado al medio oficial, los equipos involucrados son el generador de ultrasonido “TERASONIC – KES”, el generador de campos magnéticos “TERAMAG - ECK”, y dos unidades identificadas como “Soprano Ice Platinum – Alma – Weifang KM Electronics Co., Ltd – Model N° - KM800D – 1220210410062” y “Soprano Titanium 5 – Alma – Laserconn Tech Co. Ltd – SN84202166030599”.

Para estos últimos, la empresa Sirex Médica S.A. confirmó ante la inspección que se trataba de productos falsificados, destacando la ausencia de rótulos legítimos, números de serie originales y registros nacionales obligatorios, elementos cuya falsificación implica un riesgo potencial para la salud de pacientes y del personal que manipula los equipos.

El funcionamiento errático del equipo podría producir en el paciente quemaduras, para el caso de que la irradiación sea mayor que la deseada o podría no cumplir con el propósito si la radiación fuera menor a la necesaria para tratar el folículo”, según indicó el Departamento a la ANMAT.

Ambas disposiciones de ANMAT se dictaron en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1.490/92 y sus modificaciones, con el objeto de preservar la seguridad y la salud pública, restringiendo productos y establecimientos que operaban por fuera de las regulaciones vigentes.

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