La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) permitirá a los familiares de jubilados cobrar una pensión por fallecimiento; sin embargo, para acceder a este beneficio es necesario cumplir determinados requisitos. Según detalló la web oficial del Ministerio de Capital Humano, este extra compensatorio busca “garantizar un acompañamiento económico al familiar de una persona jubilada fallecida”.
El cónyuge, esposa o marido podrá acceder a un 70% del haber jubilatorio que cobraba el fallecido siempre y cuando no tuvieran hijos; en caso de tenerlos, la pareja en cuestión cobrará el 50%, mientras que los descendientes recibirán el 20% restante.
Para recibir este beneficio, ANSES exige cumplir con las siguientes condiciones:
- Que hayan transcurrido 10 días hábiles del fallecimiento del jubilado.
- El fallecimiento debe haber ocurrido dentro de los últimos 4 meses.
- La jubilación de la persona fallecida a partir de la cual se tramita esta pensión debe pertenecer al régimen general y no a uno especial.
las personas que pueden cobrar la pensión por fallecimiento están enmarcadas en las siguientes categorías:
- Cónyuge: con partida de casamiento actualizada posterior a la fecha de fallecimiento.
- Conviviente: acreditar 5 años de concubinato antes de la fecha del fallecimiento (si tienen un hijo reconocido por ambos, el plazo baja 2 años).
- Hijos: ser menor de 18 años, soltero y no cobrar otra prestación. (No hay límite de edad en los casos que el hijo se encuentre incapacitado).
¿Cuáles son los documentos para tramitar la pensión por fallecimiento en ANSES?
El trámite para acceder a un porcentaje del haber jubilatorio exige la presentación de los siguientes documentos:
- DNI del familiar que va a recibir la prestación.
- Formulario Declaración Jurada Art. 1º Ley 17.562 (PS 6.9).
- Formulario Información Bancaria (PS 6.76.
- Partida de defunción del fallecido.
¿Cómo se obtiene la pensión por fallecimiento en ANSES?
Los pasos a seguir son los siguientes:
- Entrar a la aplicación o página de ANSES con CUIL y clave de la Seguridad Social.
- Chequear que la información personal y vínculos familiares están debidamente registrados y actualizados.
- Solicitar un turno para realizar la gestión en una oficina de ANSES.
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