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Jueces del interior amplían las cautelares contra el aumento de los planes de ahorro previo

La Justicia cordobesa se sumó a la de Santa Fe, Entre Ríos y Tucumán y amplió una cautelar que frena el alza del valor de las cuotas, las retrotrae a los valores de mayo de 2018 y prohíbe las ejecuciones prendarias

Por Redacción Tiempo de San Juan

Lentamente los juzgados provinciales empiezan a darles lugar a las demandas de los tenedores de planes de ahorros que vieron cómo, de la mano de las devaluaciones y la suba del dólar, las cuotas para acceder a un 0 km se incrementaron exponencialmente. Tanto fue así que muchos usuarios dejaron de pagar y algunos tuvieron que sufrir la ejecución de la prenda (el auto). Fue en este contexto en donde varios tenedores de planes de ahorro comenzaron a ir a la Justicia para intentar frenar los aumentos en las cuotas y empezaron a tener fallos favorables.

Primero fue un fallo de la Justicia de Santa Fe que retrotrajo a los valores de abril de 2018 la cuota de un plan de autoahorro de un usuario rosarino. Luego se conoció un fallo similar de la Justicia de Entre Ríos, en donde estableció que se congelan las cuotas del plan de ahorro y el valor móvil del auto así como prohíbe la ejecución prendaria y el secuestro del vehículo.

Ahora el Juzgado en lo Civil y Comercial de 27° Nominación de la ciudad de Córdoba dispuso extender la cautelar a la que ya le había dado curso y retrotraer el valor de la cuota mensual de autoplanes “al valor de mayo del año 2018, más un incremento del 45% a otras firmas”. De esta manera, se suman a esta disposición “Toyota Plan Argentina S.A.”, “Chevrolet S.A. de ahorro para fines determinados”, “Plan Rombo S.A. de Ahorro para fines determinados” y “Plan Ovalo S.A. de Ahorro para fines determinados”.

Según explica el portal del Poder Judicial de Córdoba, la decisión fue adoptada en el marco de una acción colectiva que se tramitaba en contra de Volkswagen S.A. para fines determinados, con la finalidad de permitir la solución de aquellos conflictos que tengan idéntica base fáctica. La misma solución ya se había adoptado respecto de ahorristas de las firmas “Circulo de Inversores S.A. de Ahorro para fines determinados”, “Aupesa Peugeot Citroen S.A.” y/o “Peugeot Citroen Argentina S.A.”.

En el texto del juzgado cordobés, este recálculo se tiene que reformular “para la próxima cuota a liquidar y que alcance a todas aquellas personas humanas que, en su carácter de consumidores, hayan suscripto un contrato de autoplán con la empresa mencionada, siempre que residan dentro de la provincia de Córdoba. Solo están exceptuados de la medida cautelar quienes manifiesten expresamente su voluntad de excluirse de la clase definida por el juzgado".

En todos los casos, las cautelares son aplicables a tenedores de planes de ahorro de las provincias en donde hubo fallos y no son extendibles a terceros, pero en las automotrices observan un efecto contagio.

Un fallo similar obtuvo el defensor del pueblo de Tucumán, Fernando Juri Debo, en un planteo de readecuación de cuotas para casi 20.000 planes de ahorro que terminaron afectados por la suba de las cuotas.

Al igual que en Córdoba, Santa Fe y Entre Ríos, el fallo de la Justicia tucumana plantea retrotraer la cuota al primer día de mayo de 2018 y que no se pueden hacer más ejecuciones. Es decir, que no le puedan quitar el auto al tomador del plan.

En el caso del fallo que obtuvo el defensor del pueblo tucumano la particularidad es que plantea que las cuotas de los planes de ahorro se vayan ajustando pero no con el valor del auto, como sucede en la actualidad, ya que el mismo toma en cuenta la inflación y el fuerte componente del valor del dólar en el precio final. Ahora, se ajustarán sólo por el índice de inflación.

La contracara de este beneficio para los usuarios que están planteando diferentes jueces en todo el país reside en que las automotrices y sus empresas financieras observan que la conflictividad puede ir creciendo si no hay una pronta respuesta, más teniendo en cuenta que hasta ahora todos los fallos se refieren a cautelares y no a la cuestión de fondo.

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