Así, desde 2003 quedó en uso el mismo sistema que se gestó en 1986, el previsto en la Ley 5594 (que rige el funcionamiento del Consejo de la Magistratura local), y se sucedieron hasta hoy decenas de designaciones bajo esta cuestionada metodología, que abre la puerta para acomodar amigos del poder en encumbrados y sensibles cargos, no sólo jueces sino también fiscales y defensores oficiales. Entre estas designaciones se dio la del propio De Sanctis como fiscal de Estado, en mayo de 2011; y como ministro de la Corte de Justicia de San Juan, en diciembre de 2016.
Fue en abril de 2012 cuando Tiempo de San Juan recogió opiniones de los principales actores de la justicia sanjuanina. Fue en marco de la renovación histórica de magistrados que se estaba gestando, producto de la puesta en vigencia del 82% móvil en las jubilaciones de los magistrados. Esto último, debido a un nuevo esquema de retiros basado en la inexistencia de un tope salarial, por el que antes los magistrados, pese a cumplir con los años de edad y servicios para jubilarse, preferían no hacerlo, porque no les convenía, ya que ganaban mucho menos que en actividad. En 2009, el entonces gobernador Gioja firmó un convenio con ANSES para facilitar el acceso al 82% móvil de los magistrados.
Este último fue un momento bisagra que dio lugar a designaciones masivas, en la que resurgió la pregunta sobre si era momento oportuno de reflotar aquella ley para modernizar el mecanismo y hacerlo más transparente, procurando que lleguen a los cargos los realmente idóneos. Entonces, en los tres poderes dijeron que para esos nombramientos se usaría el mismo método que regía -en ese entonces- hace 26 años. Y ratificaron que ese intento por cambiar el sistema, que fue aprobado por Diputados en 2003 como Ley 7731, que preveía más rigurosidad en las evaluaciones y nunca se aplicó, seguiría en el freezer hasta nuevo aviso.
Y aquí viene el comentario de De Sanctis. Consultado en 2012 sobre por qué se suspendió la 7731 en dos oportunidades, medida en la que él fue protagonista porque era el principal asesor del gobernador en el tema, respondió que “la suspensión de la ley del Consejo de la Magistratura se dio porque consideramos que era anticonstitucional. Esa ley crea comisiones especiales para que rindan examen los candidatos a jueces y no cabe oponerse a que haya exámenes, pero hay que ver quién los toma. Esa es una facultad indelegable del Consejo de la Magistratura porque la Constitución no crea comisiones especiales. Además, ¿quién toma los exámenes?, ¿quién nomina a los profesores?”.
Se explayó De Sanctis diciendo en esa oportunidad que “hay mucha hipocresía en esto. Se parte de un error conceptual porque se dice que no hay concurso de antecedentes y oposición, pero es mentira. La oposición es la posibilidad que tienen los postulantes de impugnarse entre sí y confunden oposición con examen. Oposición hay, hay un período de impugnaciones”, opinando sobre el sistema original.
“Yo disiento con que se tome examen a los postulantes a ser miembros de la Corte. No se puede tomar examen a alguien que va a ser cabeza de un poder del Estado, ¿qué examen se le puede tomar? Debería bastar con los antecedentes y la entrevista y nada más. Además un inferior se lo va a tomar. También critico que los cortistas pasen por el Consejo de la Magistratura, deberían ser nominados por el Ejecutivo con acuerdo de la Cámara de Diputados. Una terna, tenerlos en la Cámara con una larga entrevista una semana, una entrevista exhaustiva, pero tomarle un examen a un cortista sobre cómo se elabora un recurso extraordinario, no, porque los cinco cortistas integran la cúpula de un poder del Estado y sus decisiones son actos de gobierno”, opinó. Eso fue 4 años antes de ser nombrado él como miembro de la Corte de Justicia, el máximo cargo de la Justicia provincial, designado por el mecanismo que él ayudó a decidir que no se iba a cambiar.
De Sanctis fue la primera pieza de un recambio histórico en la Corte local, tras más de dos décadas con los mismos integrantes. Detrás de él fueron designados durante la gestión de Sergio Uñac -siempre con el método de 1986, vigente hasta estos días-, Adriana García Nieto, que hasta ese entonces era asesora letrada del gobernador, en mayo de 2018; Daniel Olivares Yapur y Juan José Victoria, ambos en noviembre de 2019; y Marcelo Lima, que había sido vicegobernador tanto de Gioja como de Uñac, y completó el cuerpo de cinco cortistas en febrero de 2020.
image.png
La Corte de Justicia a pleno, con De Sanctis a la cabeza, reunidos en julio de 2021 con Sergio Uñac, gestión durante la cual fueron designados todos los nuevos cortistas.
El otro hecho bisagra en la designación masiva de miembros del Poder Judicial es la instauración del Sistema Acusatorio Penal Adversarial que se inició en febrero de 2021 y por etapas. Este sistema demandó el nombramiento de decenas de jueces y fiscales para cumplir las nuevas tareas, el grueso se dio durante las dos gestiones de Uñac. Se siguió usando el método de la ley 5594.
Ahora, el vicegobernador Fabián Martín ratificó que Orrego buscará modernizar este mismo año el esquema de selección, basado en la 7731, a la que ven con agrado. Este mismo jueves, consultado por la prensa, repitió que "entre las cosas que estamos trabajando, que nos parece muy importante, está la manera de cambiar la forma de designar las ternas a través del Consejo de la Magistratura para la designación de jueces, para que realmente lleguen los más probos. Que en ese sentido haya un verdadero concurso de antecedentes y de oposición, que las personas con mayor currículum puedan quedar en esas ternas y que lleguen realmente los más capaces, es decir, que quienes llegan al cargo como funcionarios judiciales, que sea por capacidad y no por otra cosa". El alfil de Orrego aseguró que "nuestro bloque está trabajando, algunos diputados en este sentido, y una vez que tengamos el proyecto, por supuesto que vamos a conversar, como conversamos todos y cada uno de los puntos que tiene siempre la Cámara de Diputados, para poder avanzar sobre ello".
La historia de la reforma del sistema para elegir jueces en San Juan que nunca se usó
El 22 de mayo de 2003, los 45 diputados locales de entonces dijeron sí, con voz unánime, a la instauración de un nuevo sistema de elección de jueces, que había sido consensuado por una comisión especial integrada por legisladores especializados, que plantearon cambios en el funcionamiento del Consejo de la Magistratura, creado en 1986 y encargado de la etapa clave en el proceso de selección de los funcionarios judiciales. El argumento que prevaleció en esa sesión fue que con esa norma se tendía a “la excelencia en la elección de los jueces”, incorporando más actores, provenientes de las universidades, en el concurso. Pero esa ley nunca entró en vigencia y fue suspendida dos veces por la gestión giojista, que la consideró “inconstitucional”.
La ley de reforma del Consejo de la Magistratura fue obra del Consejo Técnico Coordinador para la Reforma Legislativa en materia de Seguridad y Justicia, creado por la ley 7018 en abril del año 2000, compuesto por 7 diputados de distintos bloques, en plena época de la Alianza y que coordinaba el fiscal General de Corte, Eduardo Quattropani. Elaboraron varios proyectos y muchos se aprobaron en el recinto, como la Ley de Mediación o la Ley del Niño. La del Consejo de la Magistratura también, recibiendo el número 7371, pero nunca entró en vigencia.
La primera suspensión la mandó a hacer Gioja apenas asumió, en diciembre de 2003, cuando se sancionó la Ley de Emergencia Pública que recortaba los gastos en el Estado y que dejó fuera de juego varias normas sancionadas en gestiones anteriores. Ese congelamiento era por 180 días que se cumplieron en julio de 2004, pero nadie lo advirtió y fue recién en mayo de 2005, casi un año después, que el oficialismo volvió a suspenderla por ley y enviada a otra comisión, el Consejo Permanente para la Reforma de los Servicios de Justicia y Seguridad (Coperjus), para que la revise.
En los hechos, la nueva ley nunca se usó: el Consejo de la Magistratura siguió funcionando como siempre, en virtud de la ley 5594 y la elección de los jueces nunca fue distinta, desde 1986 a la fecha.
Estas idas y vueltas con las dos normas para regular lo mismo y sobre una materia tan sensible, trajo sus consecuencias. En mayo de 2005, cuando el Ejecutivo mandó a re-congelar la 7371, se abrió una polémica sobre la legalidad de la designación de dos jueces –Daniel Olivares Yapur (ahora cortista) y Silvia Peña- que se hizo en noviembre de 2004, 4 meses después de vencida la primera suspensión. Tres diputados de la oposición de entonces –entre ellos el bloquista Alfredo Castillo que integró la comisión que hizo la nueva ley del Consejo de la Magistratura- presentaron pedidos de informes cuestionando la legalidad de esas designaciones, argumentando que no se había utilizado el nuevo sistema que según su óptica estaba vigente, y postulando que todas las decisiones de ambos magistrados podrían ser tachadas de nulidad.
El Consejo de la Magistratura se vio obligado a emitir un comunicado oficial sosteniendo que ambas designaciones se habían hecho correctamente porque, según su cuenta, la 7731 había sido sancionada en mayo, publicada en Boletín en julio, entrado en vigencia 180 días después en enero de 2004, y suspendida en diciembre de 2003. Además, interpretaron que la primera suspensión interrumpía los plazos y que debía empezar a contarse nuevamente los 180 días, una vez terminado el congelamiento dispuesto por la Ley de Emergencia. El tema no estuvo nunca más en la agenda de un gobernador hasta ahora.