La Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió este lunes que Cristina Fernández de Kirchner no podrá votar en las elecciones legislativas de octubre. El tribunal revocó el fallo de la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, que había habilitado a la ex presidenta pese a la condena que purga en la causa Vialidad.
El criterio de la CNE coincide con el dictamen del fiscal nacional electoral, Ramiro González, quien había pedido excluir a la ex mandataria del padrón. Según su postura, es el Congreso, y no la Justicia, quien debe legislar sobre el derecho al voto de los ex funcionarios inhabilitados para ejercer cargos públicos.
La decisión fue firmada por los camaristas Santiago Corcuera, Daniel Bejas y Alberto Dalla Via, quienes consideraron inválida la resolución de la jueza santacruceña. Borruto había declarado inconstitucionales dos artículos del Código Penal y del Código Electoral que prevén la pérdida del derecho electoral para los condenados por delitos dolosos.
El fallo de la Cámara recordó que en 2016, en el caso “Procuración Penitenciaria”, se había advertido al Congreso sobre la necesidad de revisar la normativa, aunque se había dejado abierta la posibilidad de justificar la inhabilitación en casos de corrupción, crimen organizado o delitos contra la administración pública.
En esa línea, los jueces subrayaron que la resolución de primera instancia fue dictada de oficio, sin cumplir con los parámetros fijados por la Corte Suprema en el caso “Orazi” de 2022, que habilitó analizar las solicitudes caso por caso.
Con esta decisión, la Justicia electoral confirmó que Cristina Fernández de Kirchner no figurará en el padrón definitivo que se publicará este martes 16 de septiembre, el primero desde 1983 en el que su nombre quedará afuera.