En medio de la reactivación del debate por la imputabilidad criminal de los menores de edad, en la Cámara de Diputados se acaba de presentar un proyecto para crear por ley en San Juan la figura del “Abogado/a de niños, niñas o adolescentes”.
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SUSCRIBITEEn la Cámara de Diputados de San Juan ingresó un proyecto del PJ para crear la figura del abogado del niño. Los fundamentos y antecedentes de un tema sensible.
En medio de la reactivación del debate por la imputabilidad criminal de los menores de edad, en la Cámara de Diputados se acaba de presentar un proyecto para crear por ley en San Juan la figura del “Abogado/a de niños, niñas o adolescentes”.
La iniciativa es de la diputada del PJ Fernanda Paredes y toma estado parlamentario este jueves en la Legislatura local. Ya hay antecedentes de esta figura, una es que el abogado del niño ya existe desde la sanción en 2005 de la Ley de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes y de lo que esta norma incorporó al Código Civil y Comercial. Por otro lado, existe la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes de la Nación.
Paredes, en diálogo con Tiempo de San Juan, echó luz sobre el tema. "La diferencia entre la Defensoría y el abogado del niño es que la Defensoría es un organismo. En caso de prosperar la sanción de esa ley, se crea esta institución con características de autonomía, y lo que hace esta Defensoría es velar por la protección, por el cumplimiento y por la promoción de los derechos y las garantías que tienen los niños por reconocimiento jurídico".
La legisladora explicó sobre su iniciativa que "esta Defensoría tiene una amplitud de facultades, no va a depender de ningún poder del Estado, no debe depender de ningún poder del Estado, puede participar en el diseño de políticas públicas, puede presentarse como defensora a instituciones donde niños, niñas y adolescentes tengan que estar en contexto de encierro por alguna situación, puede hacer sugerencias, puede presentar acciones judiciales, tiene un campo muy amplio y es una valga la redundancia, es una institución con todas las características".
La legisladora prevé que se dé un fuerte debate sobre este asunto. Una de las patas es la presupuestaria, porque hay que afectar presupuestos para crear esta Defensoría. "Lo que en primer término hace es cumplir con las disposiciones de la ley nacional 26.061 de protección íntegra. Ahora bien, el abogado del niño es otra figura, el abogado del niño es el abogado litigante, el que va a tribunales y el que va a llevar la voz de este niño en el proceso. ¿Por qué? Porque está reconocido el derecho a ser oído y eso se aplica", afirmó.
Uno de los temas de debate que se anticipan es si el niño puede o no participar en el proceso, y si participa en el proceso, muchas veces esa participación es a través de sus padres, o a través de una asesora, o a través de una defensora pública oficial. "En este caso lo que se está planteando es que tenga su propio abogado, y el abogado lo que hace es llevar la voz de este niño, es la defensa técnica en los procedimientos judiciales", aseguró.
Sobre las legislaciones que son antecedentes, opinó que presentan algunos inconvenientes en la práctica. "Está en la ley nacional y está en el Código Civil la mención a este derecho de tener una representación técnica para poder participar del proceso. Más que representación es el patrocinio. Ahora, está mencionado, pero a la hora de llevarlo a la práctica, cuesta. Y si bien es cierto que también en la justicia a veces se ha dispuesto, la figura del abogado del niño se canaliza muchas veces a través de los defensores oficiales", sentenció Paredes.
Son muchos los ítems a regular Por ejemplo, ¿en qué casos puede tener un abogado el niño? Según la legisladora, no todas las personas menores de edad pueden tener abogado del niño para participar en el proceso. Porque debe estar el niño en condiciones de darle instrucciones a su abogado.
"Todo esto es lo que hay que debatir y hay que legislar localmente. Está previsto en el Código, está previsto en la ley nacional, está mencionado. Es algo, hasta te diría convencional, por convención internacional. Pero cuesta llevarlo a la práctica y se aduce que es a falta de una legislación local", justificó Paredes.
En San Juan hay antecedentes de querer crear esta figura por ley, indicó la diputada. "En cámaras anteriores el proyecto se ha presentado. Es un tema complejo, cuesta determinar cómo participa el niño o niña adolescente dentro del proceso. Porque es cierto que se confunde si es un abogado del niño o si eso lo hace la asesora, o si eso se hace a través de un tutor. Son figuras distintas para casos distintos, pero en ese camino estamos", aseguró.
A nivel país, tras catorce años de puesto vacante, en abril de 2019, una comisión bicameral del Congreso Nacional eligió a Marisa Graham como la primera Defensora de Niños, Niñas y Adolescentes de la Nación. Esta reconocida abogada fue la encargada de diseñar el Plan de Acción Nacional que forma parte de la Ley de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (Nº26.061). Esta ley -sancionada en 2005 y reglamentada en 2006- instituyó la figura del Defensor/a, quien tiene la tarea de monitorear las políticas públicas en materia de infancia como de proteger y garantizar de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
La iniciativa de Paredes tiene chances de que se apruebe, ya que el PJ cuenta con mayoría propia en la Cámara de Diputados local. La legisladora dijo que espera que sea discutido y que reciba aportes, ya que entró para su estudio en tres comisiones que son Legislación y Asuntos Constitucionales, Justicia y Seguridad, y Derechos Humanos y Garantías.
"Hay que estudiarlo, no es un tema fácil, no es un tema que todo el mundo maneje, por lo tanto hay que darse el tiempo que sea necesario para que el resto de los diputados de bloque lo comprendan. Es un tema, para mí entender, muy importante que excede lo político, excede diferencias que puedan existir. Así que bueno, le pondremos todo lo mejor, yo a disposición de explicarlo en comisión", concluyó.
Este es el texto completo del proyecto que presentó Paredes:
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