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Emergencia en Discapacidad: por qué es ilegal no aplicar la ley luego de promulgarla, según un abogado sanjuanino

Marcelo Arancibia explicó el caso de la Ley de Emergencia en Discapacidad, que el Poder Ejecutivo nacional promulgó, pero aclaró en su decreto que no la aplicará hasta tanto "haya fondos" para llevarla a la práctica. Qué dice la ley.

Por Ana Paula Gremoliche

El Poder Ejecutivo Nacional publicó este lunes el decreto 681/2025, a través del cual promulgó la Ley Nº27.793, más conocida como Ley de Emergencia en Discapacidad, luego de que la Cámara de Diputados y el Senado rechazaran el veto del presidente Javier Milei. El mensaje aclara que, aunque la legislación se encuentra promulgada, no la aplicarán hasta tanto el Congreso defina de dónde saldrán los fondos para llevarla a la práctica. Sin embargo, hay argumentos legales que indican que esta decisión del Gobierno nacional es inconstitucional. Las razones, por parte del abogado sanjuanino Marcelo Arancibia.

Textualmente, el decreto plantea que la ley "solo puede ser ejecutada por el Poder Ejecutivo Nacional una vez que se determinen las fuentes específicas para su financiamiento y se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto general”. El Ejecutivo justificó esta decisión basándose en la Ley Nº24.629, que establece que cualquier norma que autorice gastos debe prever expresamente su financiamiento, y en caso contrario, su ejecución queda suspendida hasta que se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto nacional.

Además, a través de la Decisión Administrativa 24/2025, se modificó el Presupuesto General de la Administración Nacional para aumentar los fondos de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) a partir del 1 de octubre, en respuesta al reclamo de actualización presentado por los prestadores del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las personas con discapacidad. La norma aclara que el incremento busca afrontar gastos impostergables del sector, mantiene suspendida la aplicación de la Ley de Emergencia y señala que los recursos necesarios provendrán del ítem “Obligaciones a cargo del Tesoro”.

Pese a este argumento legal, hay cuestiones establecidas en la Constitución Nacional que podrían ilegitimar el decreto. El primero tiene que ver con la ley utilizada para justificar la no aplicación de la norma, más precisamente por su artículo 5. Según explicó Arancibia, hay dos aspectos clave. Primero, este artículo solo se aplica cuando existe un presupuesto vigente, lo que no ocurre en este caso. Segundo, una norma posterior y de carácter especial puede dejar sin efecto total o parcialmente una ley anterior y general. Así, incluso con un presupuesto vigente, el Congreso tendría la facultad de derogar el mismo en situaciones concretas para garantizar los derechos de las personas especialmente protegidas por la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos.

De esta manera, se considera que el decreto es “nulo de nulidad absoluta e insanable”, porque un Presidente no puede dejar sin efecto una ley aprobada por el Congreso, y cualquier intento de hacerlo afecta directamente a los derechos de quienes la norma busca proteger.

Las personas afectadas puede, según marcó Arancibia, llevar adelante distintos procedimientos legales. Por ejemplo, pueden presentar acciones de amparo, tanto de manera individual como colectiva, para exigir su aplicación. Además, cualquier ciudadano tiene la posibilidad de radicar una denuncia penal por abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Las reacciones de las fundaciones de discapacidad

Tras la publicación de la ley y del decreto en el Boletín Oficial, el Foro Permanente para la Promoción y Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad emitió un comunicado en el que manifestó su profundo rechazo al accionar del Gobierno: “Expresamos nuestro descontento con un Ejecutivo que sigue desoyendo a la sociedad, aun cuando esta ha señalado límites claros en materia de derechos humanos básicos”.

El organismo también reclamó la inmediata reversión de la medida y advirtió sobre el impacto de la suspensión: “Seguimos expresando nuestra preocupación por la forma en que se gobierna, poniendo en riesgo derechos fundamentales de miles de personas con discapacidad y de las instituciones que las acompañan día a día”.

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