Dos partidos políticos que estaban ligados al peronismo perdieron su personería jurídica en San Juan, lo que pone en peligro su participación en las elecciones del 2027. Se trata del Partido Conservador Popular (PCP) y el partido Igualar. Ambos incumplieron requisitos mínimos para la existencia de los partidos políticos y la Justicia Electoral les dio de baja.
El dato fue confirmado por el secretario electoral de la Justicia Federal en la provincia, Edgardo Benítez, en el programa Es lo que hay. Según explicó, en el caso de Igualar, no cumplió con el requisito de renovar autoridades cada cierto tiempo. El PCP, por su parte, no alcanzó el mínimo de afiliados necesarios para existir como partido. Hoy por hoy, un partido político debe tener al menos 2.484 afiliados para tener personería jurídica.
Ambos partidos estuvieron profundamente relacionados con el peronismo y, hasta el 2023, formaron parte las actas constitutivas de los frentes. Puntualmente, en la constitución de Unión por la Patria. El PCP dejó de participar de las elecciones junto con el justicialismo el año pasado.
En el caso de Igualar, el partido es dirigido por Pablo Cantos. Fue fundado a nivel nacional Carmela Moreau (hija del exdiputado K Leopoldo Moreau) y conoció al dirigente sanjuanino en el 2018. El movimiento había logrado su personería en el 2020.
El partido volvió a ser noticia en el 2025, cuando el abogado Marcelo Arancibia anunciaba que iba a ser candidato a diputado con el el padrinazgo de Igualar. Sin embargo, la Justicia Electoral dio de baja la candidatura por problemas con el partido.
Benítez explicó que, con la baja de estos dos partidos, solo quedan 26 para competir en las próximas elecciones en San Juan.
Cuáles son los requisitos para tener un partido
Para conservar su personería jurídico-política en Argentina, un partido debe cumplir una serie de requisitos establecidos por la Ley de Partidos Políticos 23.298: mantener un número mínimo de afiliados en el distrito donde actúa, participar regularmente en elecciones y alcanzar un piso básico de votos, además de presentar en tiempo y forma su documentación contable y respetar las normas de financiamiento. El incumplimiento de estas condiciones, ya sea por caída en la afiliación, inactividad electoral, bajo desempeño en las urnas o irregularidades administrativas, puede derivar en la caducidad de su personería, es decir, la pérdida de su reconocimiento legal como partido.