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post pandemia

Lo que viene: el Congreso avanza en la legislación sobre el teletrabajo

Se presentaron once proyectos con el objetivo de dar un marco legal a una modalidad que se impuso con la pandemia.

Por Redacción Tiempo de San Juan

La pandemia del coronavirus obligó a una gran parte de los trabajadores a ejercer sus tareas desde el hogar. Si bien algunas empresas utilizaban la modalidad del teletrabajo (o homeoffice), nunca se trató de una práctica extendida hasta la actualidad. Esta situación de excepción puso de manifiesto la necesidad de regular la tarea garantizando los derechos de los empleados y asegurándoles, entre otras cosas, la “desconexión”. Es que la labor desde la casa diluyó los límites de tiempo y en la mayoría de los casos las jornadas se extendieron abruptamente.

En la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados se presentaron once proyectos de distintos partidos políticos para regular esta nueva modalidad. Una exigencia que ya había sido plantada hace décadas por la Organización Internacional del Trabajo ante la aparición de Internet. Una de esas iniciativas corresponde a Claudia Ormachea, del bloque del Frente de Todos, y secretaria de Derechos Humanos, Género e Igualdad de La Bancaria.

Ormachea contó a El Destape que la iniciativa ya venía pensándose y trabajándose hace tiempo ante la necesidad de generar igualdad de oportunidades entre los trabajadores que prestan su tarea de forma presencial y quienes lo hacen de forma remota, así como una legislación para el sector.

La diputada advirtió que muchos sectores hablarán de los beneficios del teletrabajo una vez finalizada la pandemia, incluso para el medioambiente, lo que pone en evidencia la continuidad en el tiempo de esta modalidad. “No nos oponemos a que exista, sino que decimos que hay que regularlo y garantizar un equilibrio entre la tecnología y la vida social de las personas porque el problema se va a trasladar al hogar, a la familia y las relaciones personales” generando, incluso, inconvenientes en la salud. Es necesario hacerlo porque “una vez que avancen, después es muy difícil” volver para atrás.

¿Cuántas veces durante la pandemia comimos mientras trabajábamos o lo hicimos en pijama todo el día? Seguramente muchas. Es que el empleo se mete en nuestra vida cotidiana, casi tomándola por completo. Por eso, el proyecto establece la posibilidad de desconexión. “Está prohibido que la empresa se comunique con el trabajador fuera del horario de trabajo”, sostuvo la autora del texto.

Pero la intimidad no es la única golpeada, sino que el trabajo a distancia también “rompe la relación entre trabajadores y trabajadoras pero también con sus representantes gremiales”. No es lo mismo, explicó, recorrer las oficinas y charlar cara a cara con los empleados que hacerlo por teléfono. Tampoco se puede ir a sus casas. De este modo, las empresas no sólo podrían generar un ahorro en los costos del mantenimiento de los edificios sino también cimentar la fuerza de los gremios.

Las claves del proyecto

El proyecto estipula el empleador tiene la obligación de proveer todos los elementos, instrumentos o medios tecnológicos necesarios para que el trabajador pueda realizar las tareas desde su casa. Además, deberá resarcir los gastos de conectividad, incluyendo los que atañen al mayor consumo en servicios domiciliarios, pero en ningún caso podrá exigirse que las tareas sean prestadas con elementos ni instrumentos de propiedad del trabajador o trabajadora.

Por otra parte, todo empleado deberá tener derecho a la descocnexión fuera de su jornada habitual y convenida, por lo que el empleador no podrá exigirle ni comunicarse bajo ninguna modalidad fuera de ese horario. De hecho, la persona deberá gozar de los mismos derechos que los demás trabajadores que hagan trabajo presencial y no podrán sufrir menoscabo alguno a su salario.

El proyecto busca legislar el teletrabajo más allá de esta situación de pandemia. Por eso, estipula que la modalidad se aplicará sólo con la aceptación del empleado expresada por escrito y con una capacitación pertinente. Por lo tanto, debe ser voluntario y se puede pedir dar marcha atrás en cualquier momento para volver a prestar tareas de forma presencial.

Según el texto, los convenios colectivos de trabajo podrán establecer límites temporales al sistema de teletrabajo, estableciendo períodos máximos dentro del lapso semanal, mensual o anual. En caso de no hacerlo, el mismo no podrá exceder los tres meses en el lapso de un año y siempre se deberá establecer un piso mínimo de prestación de tareas de forma presencial, que no podrá ser inferior al 50% semanal, mensual o anual.

Incluso, se establecen límites máximos a la cantidad de personal que podrá ser afectado bajo esta modalidad, el cual no podrá exceder el 15% del total de trabajadores que presta tareas de manera presencial. Y, para no perder el contacto con los compañeros, el empleador deberá proveer con periodicidad un lugar físico para reuniones personales sin la presencia de puestos jerárquicos.

Hasta el momento, los asesores presentaron los proyectos ante la Comisión de Trabajo para que todos puedan tenerlos a mano y enriquecer este texto o algún otro, porque “hay que tratar de sacar el mejor instrumento para defender los derechos” de las personas. Por eso, se preguntó “¿para quién es el beneficio?” del teletrabajo y advirtió que “tiene que ser para la sociedad, porque los que piensan, crean y logran esos avances son los trabajadores que se dedican a buscar esas herramientas nuevas”.

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