La justicia sanjuanina volvió a cerrar las puertas a una posible salida anticipada para Mauricio Nahuel Sosa, más conocido en el ambiente delictivo y musical como el "trapero Sosa". El joven, integrante de la banda de los “Pastelitos”, continuará cumpliendo su condena en el Servicio Penitenciario Provincial luego de que el Tribunal de Impugnación rechazara su pedido de prisión domiciliaria.
El historial delictivo de Sosa alcanzó su punto más oscuro en septiembre de 2021. Según la investigación fiscal, Sosa estuvo involucrado en el violento episodio en el que fue asesinado "Pochi" Maurín en la Villa del Sur, Chimbas. Tras una serie de allanamientos y una investigación que reconstruyó el "paso a paso" del ataque, en diciembre de ese mismo año, el trapero fue condenado por el delito de homicidio, recibiendo una pena que lo mantiene tras las rejas desde entonces.
En esta oportunidad, la defensa técnica de Sosa Guardia interpuso un recurso de apelación contra una resolución del pasado 4 de marzo. El argumento central para solicitar la prisión domiciliaria se basaba en el cuidado de un familiar con discapacidad (su hermano). Los abogados pretendían aplicar el beneficio por vía analógica, bajo el principio de analogía in bonam partem, argumentando que la presencia de Sosa era indispensable para el bienestar del grupo familiar.
Sin embargo, el juez de Impugnación, Renato Roca, fue contundente en sus fundamentos. Tras analizar el recurso, adelantó que el planteo no podía prosperar debido a que la defensa solo manifestó una "mera disconformidad" con lo decidido previamente por la jueza de Ejecución Lidia Reverendo, sin demostrar errores legales concretos.
"La resolución cuestionada aparece debidamente fundada, tanto en las constancias de la causa como en el derecho aplicable", sostuvo el magistrado en su resolución. "La resolución cuestionada aparece debidamente fundada, tanto en las constancias de la causa como en el derecho aplicable", sostuvo el magistrado en su resolución.
El TI remarcó que el beneficio de la prisión domiciliaria (Art. 32 de la Ley 24.660) es una excepción al régimen de cumplimiento de pena y exige una interpretación restrictiva. En este caso, la situación de ser hermano de una persona con discapacidad no encuadra en los supuestos taxativos que prevé la ley.
Resolución final
El fallo de Impugnación concluyó que no hubo arbitrariedad por parte de la jueza original y valoró correctamente los informes interdisciplinarios. Con respecto a la insuficiencia de la medida, la solución propuesta por la defensa no garantizaba efectivamente el cuidado invocado ni el cumplimiento de la pena. Por tal razón, se rechazó el recurso de apelación, confirmando la negativa de la prisión domiciliaria.
Con esta resolución, Mauricio Nahuel Sosa seguirá alojado en el penal de Chimbas, cumpliendo la condena impuesta hace casi cinco años por el asesinato que conmocionó a la provincia.