La absolución del estilista sanjuanino David Arturo Mariño, acusado de haber abusado sexualmente de un menor de 12 años, fue confirmada por el Tribunal de Impugnación, que rechazó la apelación presentada por la fiscalía. Así, la autoridad presidida por Martín Heredia Zaldo, e integrada por Silvina Rosso de Balanza y Benedicto Correa, respaldó el fallo que lo había liberado de culpa en diciembre de 2025.
Los jueces entendieron que no existían motivos suficientes para revocar la sentencia absolutoria dictada en primera instancia a favor de Mariño, de 73 años. El tribunal sostuvo que el Ministerio Público, más que demostrar arbitrariedad en el fallo original, expresó una “disconformidad” con la valoración de la prueba realizada por los jueces del debate oral.
En ese sentido, en el dictamen se remarcó que la función de Impugnación no consiste en realizar un nuevo juicio ni reemplazar el análisis probatorio de los magistrados que tuvieron contacto directo con testigos y pericias, sino verificar si la sentencia tenía fundamentos razonables y respetaba las reglas de la sana crítica.
Respecto a las dudas señaladas en el fallo absolutorio, el tribunal manifestó que seguían siendo válidas y suficientes para sostener el beneficio de la duda a favor del acusado. Entre los puntos que consideraron relevantes, se mencionaron las contradicciones y diferencias detectadas en el relato del menor y las discusiones sobre la consistencia y corroboración de las pruebas complementarias.
Además, la sentencia remarcó que durante la audiencia recursiva la fiscal Andrea Insegna introdujo planteos nuevos que no habían sido incluidos formalmente en la apelación original, por lo que consideró que no podían ser tratados sin afectar el derecho de defensa y la igualdad entre las partes.
Por su parte, la funcionaria de UFI ANIVI había solicitado que se revocara la absolución y que Mariño fuera condenado por abuso sexual con acceso carnal agravado por la guarda y corrupción de menores. Para ello, sostuvo que el tribunal de juicio había valorado la prueba “de manera fragmentada”, exigido al niño un nivel de precisión impropio para su edad y desestimado informes psicológicos y testimonios que respaldaban la acusación. No obstante, no obtuvo la respuesta que esperaba.
El caso generó fuerte repercusión cuando salió a la luz y la absolución resultó toda una novedad, tras un juicio en el que estuvo acusado de violar a un menor identificado como M.E.D.O., quien se encontraba institucionalizado y atravesaba un proceso de adopción. En aquel momento, el tribunal integrado por Diego Manuel Sanz, Guillermo Adárvez y Eugenio Barbera dispuso el cese de la prisión preventiva domiciliaria y ordenó la inmediata libertad de Mariño.