El Ministerio Público Fiscal anunció que apelará las absoluciones dictadas semanas atrás por el Tribunal Oral Federal de San Juan en favor de Eduardo Cardozo y Juan Francisco Del Torchio, quienes habían sido juzgados por el secuestro y los tormentos sufridos por Abraham Cruz Videla durante la última dictadura cívico-militar.
La decisión fue confirmada luego de conocerse los fundamentos del fallo emitido el 12 de diciembre, mediante el cual el tribunal absolvió a ambos imputados por considerar que no existieron pruebas suficientes para tenerlos como coautores de delitos de lesa humanidad. El fiscal federal Francisco Maldonado, junto al auxiliar fiscal Nicolás Ayestarán, adelantó que el planteo será elevado ante la Cámara Federal de Casación Penal.
Durante el debate oral y público, desarrollado en San Juan desde fines de noviembre, la fiscalía había solicitado penas de ocho años de prisión para Cardozo y Del Torchio, a quienes acusó como coautores de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada y tormentos agravados por su condición de funcionarios públicos, en perjuicio de Cruz Videla.
Según informó el sitio oficial del Ministerio Público Fiscal, la fiscalía sostiene que el fallo absolutorio desconoce el carácter sistemático del plan represivo y el rol funcional que habrían cumplido los imputados dentro de la estructura militar. En ese sentido, el organismo remarcó que los hechos deben analizarse como parte de un dispositivo clandestino de represión que operaba con anterioridad al golpe de Estado del 24 de marzo de 1976.
El secuestro de Abraham Cruz Videla
Abraham Cruz Videla era odontólogo, se desempeñaba en el Hospital de Valle Fértil y prestaba servicios en la Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA). El 19 de mayo de 1975, cuando regresaba a su domicilio en el centro de la ciudad de San Juan, fue secuestrado por un operativo militar frente a sus hijos menores de edad.
A partir de ese momento, permaneció detenido en distintos lugares, entre ellos el Hospital Marcial Quiroga, dependencias policiales, el Regimiento de Infantería de Montaña 22, el Penal de Chimbas y la Unidad 9 de La Plata. De acuerdo con los testimonios incorporados al juicio, durante ese período fue sometido a golpes, interrogatorios, amenazas y tormentos, en un contexto agravado por una enfermedad cardíaca preexistente.
No obstante, el tribunal consideró que no se acreditó documentalmente la existencia de torturas durante su internación hospitalaria ni su vinculación directa con los acusados. En los fundamentos de la sentencia, los jueces señalaron que ningún testigo pudo ubicar de manera concreta a Cardozo y Del Torchio en los hechos atribuidos.
La detención de Cruz Videla se extendió por más de cuatro años. Recuperó la libertad en julio de 1979, pero, según consta en la causa, sufrió posteriores consecuencias laborales y profesionales. Falleció en 1982.
Los imputados
Cardozo se desempeñó como jefe de Sección y responsable del área de Arsenal del RIM 22, mientras que Del Torchio fue jefe de Sección de la Compañía de Infantería A. Ambos fueron juzgados en esta causa como presuntos coautores mediatos de los hechos investigados y ya registran condenas previas por delitos de lesa humanidad cometidos en San Juan.
Ahora, la Cámara Federal de Casación Penal deberá analizar el recurso que presentará el Ministerio Público Fiscal contra la absolución.