En el desarrollo del juicio contra los sujetos que fueron detenidos en la sala de juego del Jockey Club, una de las defensas de los imputados presentó dos testigos que no sólo fueron cuestionados por el fiscal, tras su declaración, sino que también fueron aprehendidos por orden del juez que preside la audiencia.
A un mes y medio de aquel domingo en el que 22 personas fueron encontradas incumpliendo las normas sanitarias, el juicio de Flagrancia continúa con 14 imputados, luego de que el resto haya sido sobreseído (cumplían tareas de servicio) y otro haya sido condenado con prisión condicional, en juicio abreviado.
Dos hombres, que en primera instancia habían sido detenidos junto al resto pero que luego fueron desvinculados de la causa, ofrecieron su testimonio y al resultar poco convincentes e incoherentes el representante del Ministerio Público Iván Grassi solicitó la detención y el magistrado, Ricardo Grossi Graffigna, le dio lugar a ese pedido.
Así, Mauricio Olmos y Leonardo Jesús Carrizo resultaron aprehendidos bajo la sospecha de incurrir en falso testimonio y fueron trasladados a la Comisaría 2da, para quedar a disposición de Flgrancia. Es que ambos fueron identificados como los crupier en el torneo de póker que se realizaba en el club, pero lo negaron varias veces y una foto los dejó en evidencia.
El fiscal les preguntó qué hacían allí y respondieron que sólo fueron a acomodar mesas y sillas. Sin embargo, al revisar su historial, uno de ellos confesó que había trabajado en el casino y otro admitió que sabía tirar las cartas. Después, aseguraron no haber visto a nadie jugando pero una imagen que tomó la Policía los complicó: en la foto aparecía uno de ellos repartiendo las cartas.
¿Cómo sigue su historia? Se estima que en los próximos días, sean llevados a juicio por la justicia exprés por el delito que prevé una pena de un mes a cuatro años de prisión, según lo señala el Código Penal Argentino, que reza: "Será reprimido con prisión de un mes a cuatro años, el testigo, perito o intérprete que afirmare una falsedad o negare o callare la verdad, en todo o en parte, en su deposición, informe, traducción o interpretación, hecha ante la autoridad competente. Si el falso testimonio se cometiere en una causa criminal, en perjuicio del inculpado, la pena será de uno a diez años de reclusión o prisión. En todos los casos se impondrá al reo, además, inhabilitación absoluta por doble tiempo del de la condena".
Fuentes allegadas indicaron que es la primera vez que sucede algo así en Flagrancia, que dos testigos queden detenidos por falso testimonio, al mismo tiempo.
La audiencia completa