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A casi dos meses sin "El Taza”, Camus defiende la salida transitoria

La juez de ejecución Penal insistió en que las condiciones para que el célebre delincuente goce del beneficio de la salida transitoria.

Por Redacción Tiempo de San Juan

La jueza de ejecución Penal Margarita Camus volvió a explicar las razones por las que el reo ahora prófugo Miguel Ángel "El Taza” Albornoz obtuvo el beneficio de las salidas transitorias.

Albornoz no regresó al Penal después de su salida del 9 de junio, bajo la tutela de su padre.

Estos son algunos de los conceptos vertidos en una entrevista con Radio Light:

"Vinculado al hecho de las salidas transitorias, este sistema de penas flexibles, en que las personas van recuperando pequeñas cuotas de libertad mientras son evaluadas, depende mucho del tratamiento que se haga en el sistema penitenciario. Nada garantiza el resultado, porque estamos hablando de conductas humanas”.

"Se ha integrado hace pocos años con más profesionales el Organismo Técnico Criminológico, para procurar que los internos una vez que recuperen su libertad tengan herramientas para reconducir su vida sin caer en el delito”.

"Los requisitos para las salidas  transitorias están previstos en la ley. Más la conducta que califica el Penal, porque él estaba calificado con conducta ejemplar, más los informes que emite este organismo. Era una persona a la que le quedaban 2 años de una pena extensa”.

"No hay artículos que digan que a quien se fugó una vez no se le pueden dar las salidas”.

"El cumplía con los requisitos, y se le concede bajo la tutoría de un familiar, no bajo palabra”.

"Por ahí me dicen porque no escuchamos el clamor popular. Yo tengo que actuar de acuerdo a la ley. No puedo resolver de acuerdo con mi subjetividad tampoco”.

"Los planteos deben darse con índices reales, serios, de cuantos casos hay reales de reincidencia. Algunos datos que veo circular rompen todo lo que yo estudie con respecto a estadísticas”.

"Yo no puedo actuar por la empatía que tenga con alguna persona. La principal regla con la que se evalúa en el período de prueba es que la persona vuelva a horario al servicio penitenciario y que no deambule. Los reos salen del penal, deben estar en su casa, en el domicilio verificado, y volver al penal. No puede andar deambulando por la ciudad. Todas estas cuestiones deben ser evaluadas”.

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