La noticia impactó a nivel local, y desde la Cámara de Expendedores de Combustibles se expresaron sobre el incremento en San Juan. Según afirmaron, los aumentos oscilaría entre el 1 y 1,2 por ciento.
El presidente de la cámara, Miguel Caruso, afirmó que la suba sería menor en comparación a meses anteriores porque se trataría de un cálculo de actualización al impuesto interno. “Impactaría entre el 1 y 1,2 por ciento, siempre y cuando la suba sea del impuesto”, dijo.
Pese a este escenario, manifestó que las petroleras pueden decidir una suba mayor. Principalmente, por la última devaluación del peso frente al dólar.
En caso que la suba sea del 1%, así quedarían los precios de YPF en San Juan:
- Nafta Súper: de $982 a $992
- Nafta Infinia: de $1.207 a $1.219
- Diésel 500: de $1.050 a $1.060,50
- Infinia Diésel: de $1.245 a $1.257
Los precios de las petroleras privadas en mayo
Shell
- Súper: $1.003
- V-Power Nafta: $1.240
- Evalux Diesel: $1.075
- V-Power Diesel: $1.280
Axion
- Nafta Súper: $994
- Nafta Quantum: $1.231
- Diésel X10: $1.103
- Quantum Diesel X10: $1.264
La oficialización de la suba
El 1° de junio vence la prórroga del mencionado tributo, y el Poder Ejecutivo tenía que decidir si continuaba con el congelamiento dispuesto a fines de abril o si volvía a actualizarlo de acuerdo a la inflación. El argumento que utilizó el Ministerio de Economía para postergar el incremento al Impuesto a la Transferencia de Combustibles Líquidos (ICL) tenía que ver con “estimular el crecimiento garantizando un sendero fiscal sostenible”. Sin embargo, ahora la cartera a cargo de Luis Caputo dispuso la actualización del tributo que tendrá un trasladado a la nafta y el gasoil en surtidores -de YPF, Shell, Axion y Puma Energy- con efectos en la inflación.
Mediante el Decreto 466/2024, publicado esta madrugada en el Boletín Oficial, el Gobierno estableció que los incrementos en los montos de impuesto “que resulten de las actualizaciones correspondientes al cuarto trimestre calendario del año 2023 y al primer trimestre calendario del año 2024″, surtirán efectos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, conforme al siguiente cronograma: Para los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1° y el 30 de junio de 2024, ambas fechas inclusive, los montos de impuesto se incrementarán en los importes que se detallan a continuación: $ 10,121 el ICL sobre la nafta y $ 8,245 el ICL sobre el gasoil que a su vez tendrá $ 4,464 extras correspondientes al “incremento monto fijo actualizado del gravamen – tratamiento diferencial – artículo 7°, inc. d)”. Mientras que el incremento al Impuesto al Dióxido de Carbono será de $ 0,619 para la nafta y de $ 0,935 para el gasoil.
En tanto, “para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1° de julio de 2024, inclusive, deberá considerarse el incremento total en los montos de impuesto”, aclaró el Gobierno en el texto que lleva las firmas del presidente Milei, el ahora ex jefe de Gabinete Nicolás Posse y el ministro Caputo.
“Conforme a lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 107 de fecha 31 de enero de 2024 se postergaron los efectos de los incrementos en los montos de los impuestos precitados, derivados de las actualizaciones correspondientes al primer, segundo, tercer y cuarto trimestres calendario del año 2023, para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, conforme a un cronograma de gradualidad, cuyo último tramo, referido a la actualización correspondiente al cuarto trimestre calendario del año 2023, resultaría aplicable a partir del 1° de junio de 2024, inclusive, de acuerdo con la modificación efectuada mediante el Decreto N° 375 del 30 de abril de 2024″, se argumentó en los considerando.
“A partir de esa misma fecha también surtirían efectos los incrementos en los referidos montos originados en la actualización correspondiente al primer trimestre calendario del año 2024″, agregó el Poder Ejecutivo.
“Con el fin de estimular el crecimiento de la economía garantizando un sendero fiscal sostenible, resulta razonable diferir parcialmente los efectos de los incrementos que resultarían aplicables a partir del 1° de junio de 2024 para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil”, volvió a justificar el Gobierno nacional.