La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) otorga una pensión vitalicia para familiares de fallecidos por COVID-19, beneficio por el que se comenzará a pagar desde el próximo mes de junio un total de $75.048.
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SUSCRIBITELa Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) otorga una pensión vitalicia para familiares de fallecidos por COVID-19, beneficio por el que se comenzará a pagar desde el próximo mes de junio un total de $75.048.
Se trata de una pensión de por vida establecida a partir de la ley Nº 27.549, que es compatible con otras prestaciones como la Asignación Universal por Hijo (AUH), jubilaciones y pensiones.
Fue sancionada en junio de 2020 y aplica a personas que perdieron un pariente cercano entre el 1° de marzo de 2020 y el 31 de diciembre del mismo año.
Según informó el organismo a cargo de Fernanda Raverta, el beneficio equivale a dos jubilaciones mínimas, es decir, $ 65.260 al mes de mayo. No obstante, el monto se actualizará para junio en un 15% de acuerdo a la Ley de Movilidad Jubilatario, llevando el cobro del bono a $ 75.048.
El requisito principal es que la persona fallecida tiene que haber desempeñado trabajos esenciales entre el 1° de marzo y el 30 de septiembre de 2020.
Asimismo, según informa MI ANSES, a través de www.anses.gob.ar, el bono está dirigido a cónyuges, convivientes e hijos/as de trabajadoras y trabajadores esenciales que murieron durante el ejercicio de sus tareas como consecuencia de la enfermedad respiratoria.
El requisito principal es que la persona fallecida de Covid tiene que haber desempeñado trabajos esenciales entre el 1° de marzo y el 30 de septiembre de 2020.
Esta semana, ANSES continuará con el pago de la primera cuota del bono de $ 18.000, otorgado por el Gobierno para trabajadores informales, trabajadoras de casas particulares y monotributistas A y B.
El trámite se puede efectuar en cualquier oficina de ANSES. No es necesario haber aportado al régimen nacional, ya que el fallecido pudo haber sido un trabajador aportante a una caja provincial; solo se tendrá en cuenta que su tipo de trabajo haya sido considerado como “esencial”.
Al momento de realizar la diligencia, el familiar debe presentar la documentación médica que sustente el fallecimiento de la persona, tal como: estudios, análisis de laboratorio y la historia clínica.
La pensión se empezará a cobrar desde el momento en que se inicie la gestión y no cuando finalice el trámite, según la ANSES.
Fuente: Perfil
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