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Economía

Sube el reintegro a jubilados y AUH: así funciona el beneficio para comprar con débito

Cuáles son las operaciones que incluye, montos y hasta cuándo se extiende.

Por Redacción Tiempo de San Juan

En las últimas horas el Gobierno actualizó los montos de reintegro de 15% para los consumos que realizan con la tarjeta de débito los jubilados, pensionados que cobran la mínima y titulares de la Asignación Universal por Hijo y por embarazo. 

Esta decisión implica que a partir del jueves 1° de julio se eleva 70% en los montos máximos a reintegrar de manera automática a más de 1,3 millón de personas que perciben bajos ingresos.

De esta forma se estableció que la devolución sea de $1200 por mes por beneficiario, y aumentará hasta $2400 para aquellos titulares de AUH que tengan 2 o más hijos. Hasta el momento, el beneficio tenía un tope individual de $700 y $1400, respectivamente.

Además, se definió extender hasta el 31 de diciembre próximo el mecanismo, que vencía este miércoles. Se sumaron también gastos en farmacias a los rubros en los que se aplica el reintegro, se informó de manera oficial.

(Foto: Irina Sánchez/Jefatura de Gabinete)

 

QUIÉNES PUEDEN ACCEDER AL REINTEGRO DE 15% PARA COMPRAS CON TARJETA DE DÉBITO

- Jubilados y pensionados que cobren el haber mínimo (que en junio es de $23.064,70) o menos.

- Titulares de AUH y AUE, cuyo beneficio es hoy $4504.

CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA ACCEDER EL REINTEGRO 

- Están excluidos quienes cobran una jubilación mínima pero tributan Bienes Personales (sin contar la vivienda única) o que tienen ingresos adicionales por un empleo registrado.

- Se aplica por haber y no por persona. Así, quien cobre una jubilación mínima y una pensión tiene hasta $2400 por mes de devolución.

- Los hogares con más de dos AUH reciben, como máximo, $2400 de reintegro.

- Es para las compras con la tarjeta de débito asociada al haber o a la prestación social que se recibe.

- Los bancos devuelven el 15% de cada compra en las 24 horas posteriores a la transacción, con el tope mensual correspondiente.

Las compras pueden hacerse en comercios inscriptos en actividades económicas vinculadas a la venta de alimentos y bebidas, tanto al por mayor como minoristas. En el caso de los supermercados, hipermercados y autoservicios, con un surtido de productos más amplio no hay discriminación por productos. Desde julio, se suman gastos en farmacias.

 

(Fuente: TN)

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