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Atención beneficiarios

Gran noticia de ANSES: el Gobierno confirmó la entrega de un súper bono de $ 250.000

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anunció la entrega de un monto adicional para beneficiarios de algunas asignaciones.

Por Redacción Tiempo de San Juan

En continuidad con el calendario de pagos, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó la entrega de un bono excepcional de más de $ 250.000, a pagarse durante el mes de agosto.

Este beneficio está destinado a un grupo de beneficiarios, con el objetivo de que puedan garantizar los controles médicos y la asistencia a clases de las niñas y niños del grupo familiar.

ANSES pagará un bono de $ 250.000: quiénes lo cobran

El organismo previsional pagará un monto de $ 263.791 a las beneficiarias y beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) que cumplan con una serie de requisitos.

La cifra se estableció luego de conocerse el incremento de un 4,8% de las diferentes prestaciones sociales, en base al aumento correspondiente a la nueva ley de movilidad jubilatoria.

En este caso en particular se les entregará a aquellos titulares que cuenten con un hijo o hija de discapacidad, sin límite de edad y que resida en el país.

ANSES: ¿Cuáles son los requisitos para cobrar AUH por discapacidad?

En el caso de la persona titular de la prestación tendrá que cumplir con los siguientes puntos:

  • Tener DNI actualizado (la constancia de DNI en trámite no acredita identidad).
  • Residir en el país.
  • Ser argentino/a nativo/a o naturalizado/a, o con residencia legal en el país mínima de 2 años.
  • Tener los datos personales y vínculos familiares registrados y actualizados en ANSES. Podés consultarlos ingresando en Mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social.
  • Presentar una vez por año el Formulario Libreta PS 1.47.

Mientras que de la hija o hijo tendrán que contar con la siguiente documentación:

  • Contar con autorización por discapacidad vigente tramitada en ANSES.
  • Sin límite de edad.
  • Ser hijo/a matrimonial o extramatrimonial, adoptada/o o estar bajo guarda, tutela, o curatela a la persona, o estar a cargo de un pariente por consanguinidad hasta 3º grado (abuela/o, tía/o, hermana/o).
  • Si es mayor de edad y no tiene madre ni padre ni curadora/or se abona la AUH al pariente por consanguinidad o afinidad cuya obligación alimentaria esté declarada o reconocida por autoridad judicial competente, a través de sentencia o información sumaria.
  • Tener DNI (la constancia de DNI en trámite no acredita identidad).
  • Residir en el país.
  • Ser argentina/o nativa/o o naturalizada/o o con residencia legal en el país mínima de 2 años.
  • Figurar en la base de personas de ANSES relacionado con quien lo tiene a cargo y con el otro/a progenitor/a.

FUENTE: Cronista

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