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Viviendas

Por mentir, excluyeron del padrón del IPV a una mujer: vivía en otra provincia y tenía casa

Le adjudicaron una casa en el barrio UTA, de Pocito, pero al descubrir su situación, quedó fuera de las listas del organismo. La resolución fue publicada en el Boletín Oficial.

Por Redacción Tiempo de San Juan

Para integrar el padrón del IPV y recibir una vivienda del organismo del Estado, los tres principales requisitos son tener domicilio en San Juan, no poseer otra propiedad y reunir ciertas condiciones sociales y económicas. Esto es lo que no pudo acreditar una adjudicataria de una casa del barrio UTA, de Pocito, sobre quien se supo que ni siquiera residía en la provincia. En el Boletín Oficial salió publicada una resolución que la dejó fuera del padrón por mentir. En el texto se detallan las pruebas que sostienen la determinación del Estado.

En la resolución, con fecha del 2 de septiembre, se explica por qué se excluyó a Silvia Romina Coldwell Morilla y a su grupo familiar del Registro de Postulantes a Vivienda correspondiente a la segunda etapa del barrio UTA. Las causas por las que se determinó la exclusión fueron varias. Entre ellas, que un integrante del grupo familiar registra un inmueble a su nombre y que la documentación presentada del grupo familiar indica que la familia tiene domicilio fijado en la provincia de Buenos Aires. Esto se descubrió porque Coldwell presentó los certificados de escolaridad de sus hijos, en donde se informaba que los chicos iban a la escuela en aquella provincia.

Coldwell presentó un recurso de reconsideración, que fue rechazado también por resolución. De acuerdo a lo que especifica el decreto 1168, fue porque la mujer no completó la documentación exigida por la ley "sin lograr desvirtuar los hechos que dieron lugar a dicha revocación". Y se agrega que según la encuesta socio-económica realizada por el Departamento Adjudicaciones y Servicio Social ratificó que la adjudicataria no vivía en la provincia.

Para inscribirse en el IPV es necesario contar con grupo familiar, que puede estar compuesto por: un matrimonio con o sin hijos, una persona con sus ascendientes y/o descendientes legalmente reconocidos, hermanos, o dos personas unidas en concubinato; no poseer un terreno y/o inmueble a nombre de ninguno de los inscriptos y presentar una serie de documentación. 

Cuando una persona sale sorteada, se verifica nuevamente que la situación del beneficiado no haya cambiado. Esto se hace porque hay mucha gente que pudo construirse su casa o resultó heredera de alguna propiedad. Fue siguiendo este procedimiento como se descubrió que Codwell no vivía ni siquiera en San Juan. Justamente esta característica es la hizo especial este caso de exclusión del padrón. 

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