La obra social de los afiliados a la Universidad Nacional de San Juan, más conocida como D.A.M.S.U (Dirección de Asistencia Médica Social Universitaria), fue dada de baja de un registro nacional de obras sociales nacionales, junto a otras tres instituciones académicas, por una decisión de Nación y por ello muestran preocupación de cierta afectación a los servicios que prestan.
Sin embargo, desde el Consejo de Obras Sociales de la Universidades Nacionales explicaron que la determinación de la Superintendencia de Salud fue una formalidad pues lo que se dio de baja fue el registro completo, con la justificación de que quedó obsoleto, cuya creación tuvo objeto "someterse al régimen de unificación de aportes previsto en el art. 8 de la Ley 24.741, reglamentada por el art. 5 del Dec. 335/2000 del Ministerio de Salud".
Tras calificar de un accionar "muy grave", por parte de la casa de altos estudios, el Consejo Directivo de D.A.M.S.U convocó para el miércoles 7 de febrero, a las 12:00 hs, a los medios de prensa para expresar su postura en el caso.
Aquí, el comunicado completo de COSUN
En función de lo publicado en el día de la fecha en el Boletín Oficial de la República Argentina (Res. 56-E/2018), donde se informa que la Superintendencia de Servicios de Salud otorgó la baja de su Registro Especial de Obras Sociales Universitarias a cuatro Obras Sociales de las Universidades Nacionales, a saber, Universidad Nacional de Patagonia San Juan Bosco, Universidad Nacional del Litoral, Universidad Nacional de San Juan y Universidad Nacional del Centro de Provincia de Buenos Aires, nos vemos en la necesidad de comunicar lo siguiente:
- Que las Obras Sociales de las Universidades citadas son las únicas que conformaban el Registro Nacional de Obras Sociales Universitarias.
- Que la inscripción al Registro Especial de Obras Sociales Universitarias tuvo por único objeto someterse al régimen de unificación de aportes previsto en el art. 8 de la Ley 24.741, reglamentada por el art. 5 del Dec. 335/2000 del Ministerio de Salud.
- Que este sistema de unificación, vale remarcar, jamás resultó operativo por cuestiones solo imputables a la autoridad administrativa y no a la Obras Sociales Universitarias
- Que la falta de entrega de cualquier documentación aludida en la Res. de referencia no obedece a falta alguna de las Obras Sociales Universitarias sino a la obsolescencia del citado registro, el cual remarcamos nunca tuvo efectos operativos por razones ajenas a las Obras Sociales.
- Por lo expuesto, la baja del Registro Especial de Obras Sociales Universitarias es una cuestión formal que no implica cambio alguno en el habitual desarrollo de las actividades de estas Obras Sociales ni implicará cambios en el futuro, ya que dicho Registro nunca tuvo funcionamiento.
- Las Obras Sociales Universitarias nos regimos por la Ley de Obras Sociales Universitarias, una norma específica que regula sus actividades, resultando de la misma como Organismo de Control el Ministerio de Salud y no la Superintendencia de Servicios de Salud.
Por todo lo expuesto queremos llevar tranquilidad a los afiliados a las Obras Sociales Universitarias y comunicarles que las prestaciones continúan y continuarán brindándose con total regularidad.