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CASOS QUE CONMOCIONARION A SAN JUAN

Principio y fin del Lunes Criollo

Afectó al comercio local en su totalidad. El martes 08 de noviembre de 1932, la Cámara de Representantes Provincial sancionaba –con fuerza de Ley (Nº 502)– el “Lunes Criollo”. Dos años después, el sábado 24 de noviembre, el diputado López Mancilla proponía su derogación, aprobada sin oposición. Por Michel Zeghaib.

Por Redacción Tiempo de San Juan
 
Por Michel Zeghaib

Fue promulgada durante el gobierno de Federico Cantoni (1932-1934), y declaraba el descanso semanal, desde el sábado a las 24hs hasta el lunes hasta las 13 horas. Ese día era obligatorio el cierre de los establecimientos comerciales, trabajasen o no en ellos empleados u obreros a sueldo o salario, excepto los que trabajaban de serenos, mozos de café, el servicio doméstico, Farmacias, choferes y cocheros. 

La Ley mandaba que la jornada de trabajo durante los días lunes no podía exceder de cinco horas, teniendo el derecho las personas afectadas por esta ley a percibir el sueldo o salario correspondiente a la jornada de ocho horas que prescribía la ley. También se estableció que los contraventores a las disposiciones de dicha Ley serían sancionados con penalidades ya establecidas, que consistían, algunas de ellas, en multas que rondaban entre los 20 y 30 pesos por persona empleada que estuviese atendiendo el negocio o comercio. Y cuando el que también atendía el mismo dueño, la multa era de 50 pesos. Montos (todos ellos) que se destinaban al Asilo de Mendigos.

El calificativo de "criollo” no fue una ocurrencia étnica. Fue para distinguirlo del descanso dominical, que regía en la provincia desde 1911 siguiendo los mandatos establecidos por la Iglesia Católica. También era para diferenciarlo del descanso del día sábado, conocido como "Sábado Inglés”, debido a que surge en Inglaterra y establecía un tipo de descanso obligatorio.

Dos años después, el 24 de noviembre de 1934 durante el gobierno de Juan Maurín (1934-1938), fue derogada –por propuesta de un diputado llamado López Mancilla– dejándola sin efecto, restituyendo el Sábado Inglés que imponía la jornada laboral desde el lunes hasta el sábado a las 13 de la tarde.

No de balde se comparaba al Cantonismo con el Peronismo. Durante aquellos años (1932-1934), la provincia de San Juan tuvo una legislación de avanzada que incluía salario mínimo, vital y móvil, jornadas de 8 horas laborales, además de cobertura médica asistencial, jubilación y voto de la mujer, entre otros. Con el tiempo, fue el mismo Cantoni cambió lo que se conocía –en San Juan y en el mundo– como el Sábado Inglés, por lo que él denominó el Lunes Criollo, dictándose una legislación por la cual los obreros trabajaban los sábados completo, teniendo feriado los domingos y lunes por la mañana.

La Ley del Lunes Criollo enfrentada a la Ley del Sábado Inglés, ponía en evidencia otra realidad, además de la laboral: las ideologías políticas en coalición en aquella época. Ambas posturas defendían una justa jornada laboral de 8 horas, en contra de la desorbitante cantidad de tiempo que la patronal hacía trabajar a sus empleados. La controversia respecto del descanso del trabajo fue un ejemplo de esto. Aún así, una defendía el predominio de las masas populares tomando como emblema simbólico las "alpargatas”, entonces dispuso un cambio en los días de descanso laboral (domingo y lunes). La otra, en cambio, propulsaba la construcción de una sociedad aristocrática y selectiva, que se prendía de leyes extranjeras para diseñar su estructura social y laboral.
 
La promulgación del Lunes Criollo, y su posterior derogación y, consecuentemente, la restitución del Sábado Ingles, buscaban imponer, en el fondo, dos modelos políticos diferentes, y por momentos, antagónicos.

Fueron dos años de controversias. Pero, finalmente, el comercio local retornaba al clásico horario laboral, que mantuvo por muchos años después.  

Fuentes:
Crónica. Diario de la Tarde, noviembre de 1932 y noviembre de 1934.
El Zonda, noviembre de 1932 y noviembre de 1934.
Tribuna, noviembre de 1932 y noviembre de 1934.

El Decreto de Derogación
Cuando la Cámara de Representantes derogó la Ley del Lunes Criollo –que establecía el descanso laboral desde el sábado a las 24 horas, hasta el lunes a la 1 de la tarde– restituyó inmediatamente el Sábado Inglés –que mandaba que la jornada laboral debía concluir el día sábado a la 1 de la tarde, hasta el domingo a las 24hs–. Ambas posturas defendían la jornada diaria de 8 horas de trabajo al día, y 44 horas a la semana.

Estas disposiciones comprendían trabajos de establecimientos industriales y comerciales, como también el rubro de la construcción, minas, talleres y bodegas. Y quedaban exceptuados las peluquerías (que podían abrir a partir del lunes a las 12hs), hoteles, restaurantes, confiterías, lecherías, sala de espectáculos públicos, salas fúnebres, diarios, y por supuesto, la administración sanitaria pública. 

El sábado Inglés
Se denominó así al descanso semanal que abarcaba desde las 12 horas del sábado, hasta las 24 horas del domingo, una pausa laboral sin reducción de salario. Estuvo inspirado en la Legislación Inglesa de 1911, y fue sancionado en 1933. 

A principios del Siglo XX, las jornadas laborales eran de hasta 14 horas, todos los días de la semana, sin descanso para todos. La elección de la jornada laboral adoptada por los ingleses, con el sábado inglés, expresión que hoy está en desuso en San Juan y en la Argentina, significó el comienzo de semanas laborales de 44 horas en reemplazo de las de 48 horas.

Pero había actividades como las educativas, o las peluquerías (femeninas y masculinas), entre otras, se cumplían sin interrupción los días sábados. De esta manera, el Sábado Inglés se caracterizó por la reducción de 4 horas en la jornada laboral sabatina del San Juan de aquella época.
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