Este viernes, en medio de las dudas y consultas que surgen entre los sanjuaninos debido a la suspensión de Pensiones No Contributivas por Invalidez (PNCIL) y todo lo referido a trámites de auditorías a cargo de organismo nacionales (ANDIS y PAMI), desde el Ministerio de Familia y Desarrollo Humano difundieron un importante comunicado. Más allá de aclarar que, el organismo provincial "no interviene en el proceso", sino que se trata de un trámite que realiza la Nación, ofrecieron ciertas pautas importantes a tener en cuenta.
Según indicaron, el titular o tutor legal de una PNCIL suspendida, puede solicitar la rehabilitación de la prestación, a través de una nota, ya que no existe ningún tipo de formulario específico, justificándolo en los recursos contemplados en la Ley N° 19.549, el Decreto N° 1759/72, y sus normas modificatorias y complementarias.
Para ello, existen a la fecha, tres canales:
- Vía correo electrónico, enviando una nota de la solicitud y la documentación médica respaldatoria al mail [email protected].
- Esa misma nota, se podrá presentar presencialmente en la oficina de ANSES más cercana a su domicilio (se requiere turno previo) o ANDIS (ubicada en calle Santa Fe entre Entre Ríos y Sarmiento, en el edificio de la Superintendencia de Servicios de Salud).
- También se puede enviar la nota vía correo postal al domicilio legal de la Agencia Nacional de Discapacidad, en calle Av. Hipólito Yrigoyen 1439, C1089AAA Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
“Es importante tener en cuenta que la nota debe estar firmada por el titular y/o su apoyo, en caso de requerirlo, y la misma debe indicar que es para rehabilitar la Pensión No Contributiva por Invalidez (PNCIL)”, recordaron.
Al tiempo que indicaron que, esta nota debe ir acompañada de la totalidad de la documentación respaldatoria que acredite su condición para acceder a una PNCIL, y la cual debería haber sido presentada en el turno de auditoría debidamente notificado. Se debe adjuntar fotocopia del DNI del titular y, en caso de ser menor de edad, también partida de nacimiento y la documentación de los padres. En estos casos no es necesario presentar el certificado médico oficial (CMO) ni el Certificado Único de Discapacidad (CUD).
Mientras que, en caso de ser titular de otra prestación (jubilación o pensión), deberán adjuntar copia de la baja de la otra prestación, que no sea una PNCIL. Esta pensión es incompatible con la actividad laboral; en caso de que dicho titular trabaje, no hay posibilidad de reevaluar la suspensión (conforme lo dispuesto por el Artículo 1° Anexo I Decreto 432/97 y sus modificatorias).
Para finalizar señalaron que, el titular de la prestación debe actualizar en la nota a presentar, todos sus datos personales: domicilio con código postal, teléfono y mail de contacto.