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Triple filiación

Una senadora sanjuanina busca que el uso de tres apellidos se permita por ley

Cristina López propone modificar dos artículos del Código Civil y Comercial con el objetivo de regular la triple filiación en el ordenamiento jurídico.

La triple filiación o pluriparentalidad alude a la posibilidad que se le permite a un menor de edad poder contar de manera legal con más de dos vínculos filiales, a partir del deseo o la voluntad de tres o más personas adultas de compartir y desempeñar el rol de cuidado, asistencia y crianza. En términos más sencillos, permite que un niño, niña o adolescente pueda tener tres apellidos en su DNI. Si bien no es una práctica legal la senadora nacional por San Juan, Cristina López Valverde, busca que cambie esa realidad, por lo que presentó un proyecto de ley para modificar algunos artículos del Código Civil y Comercial de la Nación para permitir y regular la triple filiación sin necesidad de llegar a la Justicia.

“Acá priorizamos los derechos del niño y niña, sobre todo. Si el menor tiene una edad suficiente y quiere llevar los apellidos sus padres o madres con quienes tiene un lazo afectivo muy fuerte, sea o no biológico, que apareció después de un tiempo, se le permitiría por medio de la modificación en los artículos incluidos en el proyecto de ley”, comentó la legisladora nacional en dialogo con Tiempo de San Juan.

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El proyecto de la senadora nacional propone puntualmente la modificación de dos artículos del Código Civil y Comercial, como son el 558 y el 578.

El primer artículo, el 558, señala que “la filiación puede tener lugar por naturaleza, mediante técnicas de reproducción humana asistida, o por adopción. La filiación por adopción plena, por naturaleza o por técnicas de reproducción humana asistida, matrimonial y extramatrimonial, surten los mismos efectos, conforme a las disposiciones de este Código. Ninguna persona puede tener más de dos vínculos filiales, cualquiera sea la naturaleza de la filiación”.

El segundo artículo que busca modificar el proyecto de la legisladora, el 578, manifiesta que “si se reclama una filiación que importa dejar sin efecto una anteriormente establecida, debe previa o simultáneamente, ejercerse la correspondiente acción de impugnación”.

La legisladora nacional por San Juan comentó que lo que busca con la modificación de ambos artículos es respetar los derechos de los niños, niñas y adolescentes, pero también la voluntad que ellos manifiesten con relación a su identidad y sus apellidos en el Documento Nacional de Identidad.

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Entre los distintos motivos que movilizaron a la legisladora de San Juan a ir detrás de esta modificación que plantea es la cantidad de fallos judiciales hay en todo el país con solicitudes para triple y pluriparentalidad. El primer caso fue en Mar del Plata, en 2015. San Juan también tiene antecedentes de triple filiación. Se trata de Aaron, un niño de 11 años que tiene los apellidos de su padre biológico (fallecido), su papá trans y la pareja de él, por propia decisión del pequeño.

El proyecto de Cristina López Valverde estaría tomando estado parlamentario entre esta semana o la próxima y la misma legisladora tiene fe que tenga el visto bueno de sus colegas en el Congreso. “Pienso que estamos en condiciones de hacerlo ley”, finalizó.

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