En el marco de la inesperada disputa entre el tribunal que dictó el histórico fallo de expropiaciones y el defensor de Santiago Graffigna, Marcelo Fernández Valdez, la polémica se encendió todavía más con el planteo que realizó el Foro de Abogados ante la Corte de Justicia, en el que tildó la sanción de injustificada y cuestionó el accionar de los jueces, por lo que se mostró con preocupación.
El ente que representa a los abogados de la provincia aseguró que la motivación de la multa económica al letrado, por sus expresiones en el planteo de apelación a la sentencia, carece de fundamento jurídico fáctico, en razón de haber sido impuesta en virtud de términos que hacen al pleno ejercicio del derecho de defensa en Juicio, un principio constitucional que debe ser tenido en cuenta.
Por ese motivo, el directorio del Foro, encabezado pro Franco Montes, indicó que las afirmaciones de Fernández en la impugnación no podrían ser considerados vulgares y/o descalificatorios en términos personales, tal como lo argumentó el tribunal en su resolución.
"Según surge de los considerandos de la resolución emitida en fecha 26 de agosto de 2025 por el citado tribunal de juicio, los términos empleados por el matriculado se circunscriben a denunciar la parcialidad, arbitrariedad y ausencia de una recta aplicación del marco normativo que -a criterio del Sr. defensor- correspondía; todos extremos contemplados en la Doctrina de la Arbitrariedad", remarcaron desde el Foro.
En ese sentido, la presentación que se hizo frente a la máxima autoridad judicial sostuvo la preocupación por el contenido del fallo del tribunal que castigó al abogado con una multa equivalente a unos $800.000. Señaló que hubo pasajes en los que la autoridad integrada por los jueces Silvina Rosso de Balanza, Matías Parrón y Martín Heredia Zaldo se tomó atribuciones que no le son propias, como "la mensuración de la necesidad -o no- de los términos y estilos personales en que se materializa el ejercicio profesional".
Por el contrario, añadió que las formas en que se describen los hechos no resultan ofensivas o agraviantes para los magistrados, sino que son parte de un análisis vinculado con el proceso. "No se advierten de las afirmaciones citadas en la resolución en cuestión, términos difamantes, injuriosos o descalificatorios en sentido personal", aseveraron desde el Foro.
Todo inició cuando el tribunal sancionó con un apercibimiento al abogado por sus declaraciones mediáticas, tras conocer el veredicto que condenó a Graffigna y compañía en el juicio de la megacausa. En esa oportunidad, Fernández había dicho que los jueces siguieron un mandato al fallar. No obstante, el accionar de la autoridad continuó con la multa, luego de recibir la apelación y de entender que lo que sostenía el defensor en el recurso resultaba agraviante.
Por esta última sanción, la Asociación Sanjuanina de Abogados Penalistas se pronunció en favor de Fernández y cuestionó a los magistrados, que a su vez fueron respaldados por el Colegio de Magistrados de la provincia. Ahora y al cabo de la postura sentada por el Foro, quien restaría expedirse es la propia Corte, que fue requerida de forma directa por el Foro.
El planteo del Foro de Abogados
NOTA - TEMA DR. MARCELO FERNANDEZ VALDEZ