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Fallo

La Justicia inhabilitó a Guillermo Moreno para ejercer cargos públicos

La Corte Suprema confirmó dos sentencias que estaban recurridas por la defensa de Guillermo Moreno.

Por Guido Berrini

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firmes dos condenas contra el exsecretario de Comercio Interior Guillermo Moreno, que implican penas de dos años y dos años y medio de prisión en suspenso e incluyen su inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos, al rechazar los recursos presentados por su defensa.

El primer caso, tramitado ante el Tribunal Oral Federal 8, se refiere a la asamblea de accionistas de Papel Prensa del 12 de agosto de 2010, en la que Moreno irrumpió con guantes de boxeo y un casco de sparring, profirió amenazas y forzó la suspensión de la votación. Fue condenado por amenazas coactivas, fallo que fue confirmado en 2023 por la Sala I de la Cámara de Casación Penal y, ahora, por el máximo tribunal que lo declaró “inadmisible” en aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial.

La segunda condena, dictada en 2017 por el Tribunal Oral Federal 7 y ratificada en 2019, se refiere al uso de fondos públicos para financiar cotillón con consignas hostiles contra el Grupo Clarín, como “Clarín miente” y otras frases impresas en artículos promocionales difundidos entre 2011 y 2013 desde la Secretaría de Comercio. El delito acreditado fue peculado, en concurso real con incitación a la violencia colectiva.

Ambas sentencias estaban recurridas por la defensa del exfuncionario, pero los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron los planteos, lo que dejó firmes las condenas y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. También fueron condenados en la causa del cotillón Fabián Dragone y Guillermo Cosentino, exdirectivos del Mercado Central.

Moreno, figura clave del kirchnerismo en materia económica durante el mandato de Néstor Kirchner y el primer gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, quedó así definitivamente fuera del ámbito público por sentencia judicial firme.

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