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La Corte Suprema suspendió la asunción de Tonelli

La Corte Suprema hizo lugar a la notificación de la jueza Iara Silvestre para que el legislador Pablo Tonelli no pueda asumir como miembro del Consejo de la Magistratura.

Por Redacción Tiempo de San Juan
La Corte Suprema de Justicia suspendió hoy el juramento del diputado nacional de PRO Pablo Tonelli como miembro del Consejo de la Magistratura de la Nación.

La decisión fue tomada luego de que el máximo tribunal se notificara de la medida cautelar dictada por la jueza federal de Santa Rosa Iara Silvestre, en la que pidió al presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, abstenerse de tomarle juramento a legislador del PRO.

"Habrá que esperar que se destrabe judicialmente”, dijo Tonelli a los periodistas acreditados en el Palacio de Tribunales, refiriéndose al impedimento para jurar como consejero de la magistratura.

El acto estaba previsto para el mediodía en el Salón Presidente del cuarto piso de Talcahuano 550, de esta Capital, pero minutos antes se habría notificado la resolución dictada por la magistrada de Santa Rosa.

La medida cautelar fue ordenada a pedido de la ex diputada por el Frente para la Victoria María Luz Alonso, para quien la postulación de Tonelli es contraria a la Constitución Nacional.

Tonelli fue propuesto por el bloque de Cambiemos para ocupar la vacante que dejó el 10 de diciembre último la ex diputada nacional Anabel Fernández Sagasti.

La designación de Tonelli fue remitida al Consejo por el presidente de la Cámara de Diputados, Emilio Monzó, pero los legisladores del Frente para la Victoria afirman que ellos conforman la "primera minoría”, con derecho a ese cargo, para el que propusieron al diputado Marcos Cleri.

En tanto, el presidente del bloque de diputados del FpV-PJ, Héctor Recalde, destacó que "el mandato de los consejeros es de cuatro años por lo cual, faltando más de la mitad para su cumplimiento, le corresponde el reemplazo al FpV-PJ", y señaló que por esa razón el bloque "propuso al diputado Marcos Cleri para que se desempeñe hasta la finalización del mandato, tal como lo establecen los artículos 2 y 3 de la ley 24937".

Fuente: Infonews 
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