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BLOQUE PRODUCCIÓN Y TRABAJO

En Capital, Concejales buscan crear un Centro de Mediación Municipal

El Concejal Guido Romero presentó un proyecto para la creación de un Centro sobre Mediación como forma alternativa para la resolución de conflictos en el departamento.

Por Redacción Tiempo de San Juan

El Concejal Guido Romero, Presidente del Bloque Producción y Trabajo del Concejo Deliberante Capitalino, presentó un Proyecto de Ordenanza sobre Mediación, que busca ser una alternativa a la hora de la resolución de conflictos en el departamento.

En el mismo solicita la creación de un “Centro de Mediación, Resolución de Conflictos y Arbitraje” de la Municipalidad de la Ciudad de San Juan (Centro de Mediación Municipal), que dependerá del Ejecutivo Municipal a través de la Secretaria de Gobierno.

El objetivo de dicho Centro sería implementar el procedimiento de mediación, conciliación y arbitraje para la resolución de conflictos en el ámbito comunal.

En su proyecto expresa y detalla que “los casos sometidos a tales procedimientos podrán estar referidos a todo tipo de conflictos de tipo patrimonial o no, en que se encuentren vinculados los vecinos uniones vecinales y/o comunitarios, que y que por su naturaleza resulten mediables, exceptuando los casos en que se encuentren involucrado el orden público y los derechos indisponibles de las partes.” Y agrega que “atenderá cuestiones relativas a la convivencia entre vecinos, en tanto exista riesgo o posibilidad de conflicto, por cualquier causa que revista interés comunal con la finalidad de evitar el conflicto”. 

Además las instrucciones de conciliación, arbitraje y facilitación, serán registradas en un libro especial habilitado al efecto.

Sobe la conformación de este Centro, el Concejal Romero detalla en su proyecto que “estará conformado por un Director, un Subdirector, un Secretario Administrativo y un Oficial Notificador, designados por el Departamento Ejecutivo Municipal, como Autoridad de aplicación, y deberán ser rentados por el municipio, siendo condición para acceder al cargo de Director, Subdirector y Secretario Administrativo, contar con el título de mediador que habilite para llevar adelante la práctica de la mediación en la conflictiva vecinal y/o comunal en los términos previstos por el artículo 37º de la Ley nº 7.454, en lo que resulte pertinente.”

 

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