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¿Prescribió la causa?

Tres visiones legales ante el caso de la fiesta VIP

Algunas fuentes señalan que se vencieron los plazos del proceso judicial, mientras que otras sostienen que todavía están vigentes.

Por Redacción Tiempo de San Juan

A dos años de la fiesta VIP en Santa Lucía, por la que 48 jóvenes fueron detenidos por violar las restricciones sanitarias por la pandemia, un gran interrogante se presenta por estos días: ¿prescribió la causa? Es que a pesar del tiempo transcurrido, la justicia no logró dictar un fallo y que este quedara firme, por lo que los plazos estarían vencidos y ello significaría que no habría causa.

En ese merco, Tiempo de San Juan consultó con expertos y fuentes allegadas a la causa que ofrecieron tres visiones legales sobre la situación del proceso judicial que podría terminar sin culpables ni condena.

Un mes atrás, una voz autorizada había asegurado que las fechas vencían el mismo día que ocurrió el hecho, es decir, el 11 de septiembre. Ese día, pero de 2020, se llevaba adelante el procedimiento policial por el que los jóvenes quedarían detenidos y trasladados a la Comisaría 5ta.

Sin embargo, otra fuente, una abogada defensora en la causa, señaló que los plazos vencían recién el 18 de septiembre, ya que fue ese el día cuando se formalizó la causa y se ejecutó la primera audiencia. Ese día, en el Teatro Municipal, los jóvenes imputados protagonizaron una curiosa audiencia en la que hubo hasta catering para los implicados y una chica se desmayó por el tiempo que se extendió la misma.

Por otro lado, una tercera fuente argumenta que el expediente penal aún tendría vigencia puesto que la prescripción de la causa se daría cuando se cumplan los dos años de la única declaración que existió en audiencia, la de una imputada. El día que se produjo esa declaración no está claro, ya que indican que sucedió entre el 19 y 22 de septiembre. Es por ello que el expediente penal todavía estaría vigente.

Como lo habían anticipado las fuentes hace un mes, para que la prescripción se de debe ser solicitada por las partes. Es por esa razón que en los próximos días, dado en contexto, lluevan los pedidos de prescripción de parte de las defensas. Es que la Corte Suprema nunca resolvió el conflicto de jurisdicción planteado y, sin resolución alguna entre los plazos establecidos, la causa estaría caída.

El caso que provocó revuelo en San Juan por los apellidos de los imputados, vinculados a familias influyentes en la provincia. Fuentes vinculadas a la investigación comentaron que este desenlace era el que pretendían las defensas que, con diversas presentaciones, tal y como lo exige su trabajo bajo un marco legislativo, promovieron que el proceso se dilate.

A diferencia de los cientos de sanjuaninos que fueron castigados por trasgredir las medidas sanitarias en 2020 y 2021, los nombres vinculados a esta causa habrían zafado de todo.

El surfeo de la causa por los despachos judiciales

Como los imputados fueron descubiertos por las autoridades cometiendo el ilícito, la investigación judicial recayó en Flagrancia. Los abogados defensores trataron de acordar con los fiscales una suspensión de juicio a prueba -más conocido como "probation", en la que proponían trabajos comunitarios para los acusados y el pago de una reparación simbólica, a cambio de no ser condenados.

Sin embargo, los representantes del Ministerio Público se negaron a llegar a un acuerdo de juicio abreviado por la gravedad que suponía el delito, puesto que la conducta tipificada como delito ponía en riesgo a la población y exponía a contagios masivos de Covid. Los funcionarios pretendían una condena de cumplimiento condicional.

Con ese escenario y tras ese primer enfrentamiento, el juez Eduardo Raed prosiguió con el proceso, aunque nunca pudo fijar una fecha para la audiencia de finalización, ya que varias defensas apelaron la decisión del magistrado y el expediente llegó a manos de la Sala Segunda de la Cámara Penal.

En esa instancia de apelación, el juez Juan Bautista Bueno rechazó una vez más el pedido de probation y, ante un nuevo recurso extraordinario, las defensas presentaron queja en la Corte de Justicia de San Juan. Hasta esta instancia se debía resolver si se otorgaba la probation o no.

Mientras tanto, la abogada defensora Manuelita Moreno Ferrer, directamente, se presentó ante el juez Leopoldo Rago Gallo, a cargo del Segundo Juzgado Federal, y le pidió que se hiciera cargo del caso ya que, según argumentaba la causa era competencia del fuero federal. Es que señalaba que las restricciones por la pandemia las había incitado el Gobierno Nacional.

A pesar del intento de la letrada, Rago Gallo resolvió que, en realidad, era competencia de la justicia sanjuanina.

Una vez más, los abogados apelaron el fallo del juez federal sanjuanino y el caso pasó a un tribunal superior: la Cámara Federal de Apelaciones, con asiento en Mendoza. En esta instancia, el tribunal le dio la razón a Rago Gallo y dijo que la competencia era del Poder Judicial de San Juan.

Los defensores volvieron a apelar y la causa pasó a un tercer tribunal. Esta vez, fue el turno de la Cámara Federal de Casación Penal, que revocó lo resuelto por los dos tribunales federales anteriores y sostuvo que la causa debía ser competencia de la Justicia Federal.

Luego del espaldarazo para los defensores, el caso volvió a la Corte de Justicia de San Juan y se lo bajó al juez natural de la causa, Eduardo Raed, para que resolviera si era de competencia provincial, o no. El magistrado resistió lo dictaminado por la Cámara Federal de Casación Penal e insistió con que la jurisdicción pertenecía a la justicia provincial.

Fue por ello que la causa, como está estipulado para este tipo de circunstancias, regresó al juez federal Rago Gallo para que determinara en qué fuero debía dirimirse y, pese a su primera apreciación, esta vez optó por que la causa se desarrollara en el fuero federal.

Como el conflicto de competencias se presentó entre Raed y Rago Gallo, el expediente debió ser forzosamente remitido a la Corte Suprema. Desde fines del año pasado, la causa permanece allí y todavía no fue revisada y, por cómo se dieron los hechos, es posible que así se mantenga hasta que se produzca la prescripción.

Fuentes especializadas indicaron que todo acusado tiene derecho de que el Estado se expida, por lo que podrían llover los pedidos de prescripción, cuando los plazos se hayan cumplido y no hubiere una resolución al respecto.

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