El caso de la tragedia en El Pinar, el siniestro vial que se cobró la vida de Francisco Márquez, sumó un nuevo capítulo este lunes cuando la jueza de Garantías que entendía en la causa se apartó y dio lugar a otro magistrado para que resuelva sobre la disputa que se planteó entre la querella y la fiscalía aliada, curiosamente, con la defensa.
Es que si bien la causa podría haber llegado a una resolución con el principio de acuerdo de juicio abreviado entre el Ministerio Público y la defensa del imputado, que reconoció la infracción que cometió, la oposición de la parte querellante obligó la extensión del proceso, encarnada por Néstor 'Roly' Olivera.
En la previa, la jueza Celia Maldonado había rechazado el acuerdo y, por tanto, descartado la pena con libertad para el conductor acusado. En esa instancia, la autoridad ordenó que se realizara un peritaje al vehículo implicado, ya que se sospechaba que estaba preparado para correr picadas.
A pesar de que la prueba arrojó un resultado negativo, Maldonado decidió no homologar el acuerdo frente a la insistencia de la querella con el cambio de calificación. Fue por eso que impugnaron la sentencia y la historia se trasladó al Tribunal de Impugnación, que determinó el apartamiento de la jueza.
Lo que sigue es que se designe un nuevo juez para que resuelva la cuestión, si se concede o no el juicio abreviado. Mientras tanto, el resonante caso que tiene a la familia de la víctima presente y de una manera activa, con movilización en cada audiencia, quedó en stand by.
El hecho ocurrió durante la madrugada del 8 de abril de 2023, cuando el motociclista de 22 años fue embestido por un Fiat 1 en la Ruta del Sol, a la altura de El Pinar. El chico perdió la vida en el acto y por ese motivo se inició una investigación judicial contra el conductor que lo chocó, Gonzalo Castro Salinas (24), que fue imputado por el delito de homicidio culposo (Artículo 84 bis del Código Penal).
El caso podría resultar emblemático, ya que una buena parte de los jueces de Garantía se limitan a homologar los acuerdos entre el Ministerio Público y las defensas técnicas, pese a la oposición de las querellas. Es que según el Código Procesal Penal, la opinión de los querellantes no es vinculante.