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Polémica

Pese a que apeló la inhabilitación de su matrícula y podía seguir litigando, Julián Gil fue "bloqueado" en la Justicia

Fuentes ligadas a su entorno manifestaron que la cuestión aún no se resolvió. No obstante, la entidad habría dejado firme la decisión y ello lo afectó de manera directa en su ejercicio, pues no pudo acceder a un sistema virtual de la justicia civil.

Por Redacción Tiempo de San Juan

Después de que el siempre polémico Julián Gil fuera condenado por el delito de encubrimiento y de que el Foro de Abogados resolviera la inhabilitación de su matrícula, fuentes del entorno del ex intendente de Caucete señalaron que la decisión viola su derecho de defensa. Es que, tras conocer el castigo del Tribunal de Disciplina, apeló el fallo y acudió a la justicia civil con el objetivo de obtener una respuesta favorable.

Sin embargo, el organismo habría dejado firme la resolución y ello golpeó de lleno el ejercicio del letrado, quien habría intentado acceder a uno de los sistemas virtuales de la Justicia y no pudo concretarlo. Así lo revelaron la fuentes, que remarcaron que la acción resulta un ataque contra su derecho de defensa en juicio, un principio consagrado en la Constitución.

A pesar de la inhabilitación, el pedido de revisión de la determinación que hizo su abogado Mario Morán dejaba sin efecto la medida, ya que el litigio aún debía encontrar una resolución judicial. No obstante, por razones que Gil y su defensor desconocerían, el profesional que se alejó de la política resultó "bloqueado".

"Lo han deshabilitado el sistema virtual y, además, le han impedido seguir ejerciendo tareas como abogado en el fuero civil", detallaron las fuentes sobre la novedad que surgió el martes último.

El Séptimo Juzgado Civil es el fuero que entenderá en la presentación que hizo Gil y que podría respaldar la sanción del Foro de Abogados, realizada a través de su órgano regulador, o bien rechazarla y ordenar que la matrícula le sea nuevamente habilitada.

La polémica nació a partir de la sentencia condenatoria que recibió en una causa que estaba siendo investigado por el delito de encubrimiento, que llegó a un acuerdo de juicio abreviado. Luego, el Foro tomó cartas en el asunto y, tras estudiar el caso, ordenó la inhabilitación. Conforme la ley 127 de Ley Orgánica del Ejercicio de la Abogacía, Gil apeló ante el Directorio y éste sostuvo la inhabilitación.

Al Juzgado de Ejecución se le comunicó la inhabilitación, pero la misma no operaba con el planteo radicado en la justicia civil. Por eso, desde su entorno insistieron con que se trata de una irregularidad en el cumplimiento del proceso. "Tenía 10 días hábiles para apelar la sentencia y así se hizo. Independientemente de que si cometió un delito o no, como cualquier otra persona de la República Argentina, tiene el derecho a defenderse. Se está violando su derecho a la defensa", aseveraron.

La resolución del Tribunal de Disciplina se fundamentó en la condena que recibió en agosto del año pasado y que fue de un año de prisión en suspenso por dos hechos de encubrimiento agravado. En aquella oportunidad, Gil reconoció haber intentado sobornar a víctimas para favorecer a sus clientes.

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