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Presentación

La defensa del oficial Rodríguez condenado a perpetua impugnó la sentencia ante casación y habló de un "fallo sesgado"

En el extenso escrito presentado ante la Oficina Judicial Penal, los abogados sostienen que la condena se apoya en una valoración fragmentaria y sesgada de la prueba, y denuncian que tanto el tribunal de grado como el de alzada incurrieron en sentencia arbitraria,

Por Redacción Tiempo de San Juan

La defensa del policía sanjuanino Ricardo Rodríguez presentó un recurso de casación contra la condena a prisión perpetua dictada por el Tribunal de Juicio y confirmada luego por el Tribunal de Impugnación, en la causa por la muerte de Federico Orihuela. El camionero protagonizó una persecución de más de 20 kilómetros en febrero de 2024 y donde el agente le asestó multiples disparos.

En el extenso escrito al que tuvo acceso Tiempo de San Juan, presentado ante la Oficina Judicial Penal, los abogados sostienen que la condena se apoya en una valoración fragmentaria y sesgada de la prueba, y denuncian que tanto el tribunal de grado como el de alzada incurrieron en sentencia arbitraria, al omitir elementos centrales de descargo y restringir de manera ilegítima el derecho a una revisión integral, garantía conocida como doble conforme.

Según la defensa, el hecho ocurrió el 9 de febrero de 2024, cuando Rodríguez, en ejercicio de sus funciones como oficial de policía, intervino en una persecución originada por la conducción temeraria de un camión de gran porte por una ruta provincial colmada de turistas que se dirigían a Valle Fértil para el evento “Safari tras las Sierras”. El conductor, Federico Orihuela, circulaba —según quedó acreditado en el debate— bajo los efectos de alcohol y cocaína, embistiendo motoristas, patrulleros y controles policiales, generando una situación de riesgo extremo para terceros.

La defensa sostiene que el accionar del oficial se dio en un contexto de peligro inminente, bajo la convicción razonable de que el conductor podía estar armado, percepción que —afirman— fue avalada por cuatro testigos que declararon haber sentido temor por su propia vida durante la persecución. Sin embargo, esos testimonios, aseguran, nunca fueron valorados por los tribunales al momento de analizar el riesgo ni la eventual aplicación del exceso en el cumplimiento del deber previsto en el artículo 35 del Código Penal.

Uno de los ejes centrales del recurso apunta a la errónea valoración de las pericias. La defensa cuestiona que se haya descartado el resultado positivo de la pericia de absorción atómica, que detectó restos compatibles con pólvora (plomo, antimonio y bario) en las manos del occiso y en la cabina del camión. Para los abogados, el tribunal rechazó ese dato científico mediante conjeturas no probadas, como una supuesta contaminación por tierra o viento, aun cuando los propios peritos indicaron que ese tipo de contaminación no aumenta sino que reduce la presencia de restos de deflagración.

“Ante una prueba científica positiva, el tribunal optó por una suposición”, señala el escrito, y afirma que ese razonamiento vulnera el principio in dubio pro reo y las reglas de la sana crítica, al utilizar una pericia calificada como “indiciaria” para destruir la presunción de inocencia, pero negarle valor cuando favorece la hipótesis defensiva.

También se cuestiona la omisión de las pericias toxicológicas, que acreditaron la presencia de cocaína en el cuerpo del conductor. Para la defensa, este dato no es un indicio menor, sino un elemento clave para comprender la conducta irracional, agresiva y paranoide desplegada durante la persecución, y que refuerza la razonabilidad de la percepción de riesgo del policía condenado.

El recurso también embiste contra el fallo del Tribunal de Impugnación, al que acusa de haber realizado una revisión meramente formal, negándose a reexaminar la prueba bajo el argumento de la “soberanía” del tribunal de juicio. En ese punto, la defensa invoca de manera expresa la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “Casal”, que exige una revisión amplia y exhaustiva de las sentencias condenatorias, sin limitarse a cuestiones estrictamente jurídicas.

En particular, se cuestionan pasajes del voto del juez Maximiliano Blejman, quien sostuvo que la instancia recursiva no puede transformarse en un “nuevo juicio” y que la defensa se limitó a repetir su teoría del caso. Para los abogados, esa postura vacía de contenido la garantía del doble conforme y permite confirmar una condena a prisión perpetua sin responder los agravios concretos planteados, como la omisión de prueba dirimente y la falsa atribución de comunicaciones.

Finalmente, el escrito solicita que el tribunal de casación anule las sentencias dictadas y absuelva a Ricardo Rodríguez. En forma subsidiaria, deja planteada la reserva del caso federal, con el objetivo de acudir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante un Recurso Extraordinario Federal, por considerar vulnerados derechos y garantías constitucionales como el debido proceso, la defensa en juicio y el principio de inocencia.

La causa, que generó fuerte impacto social y judicial en San Juan, vuelve así a quedar bajo análisis, mientras la condena a prisión perpetua aún no se encuentra firme.

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