Tras el pedido de sobreseimiento de las defensas de los principales imputados en la causa contra Garder, la prestadora de la Obra Social Provincia acusada de estafa, el juez de Garantías rechazó el planteo y aprobó la extensión de la Investigación Preliminar Preparatoria por otros 6 meses. En un clima de tensión y con un fuerte operativo policial en la sala, la autoridad desestimó la presentación y, por tanto, se prevé que la causa marchará a juicio.
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La decisión fue de Diego Manuel Sanz, luego de que los defensores de Marilina de la Fuente y Eduardo Guzmán y de María Florencia Molina de la Fuente -representantes de la empresa bajo la lupa- solicitaran la desvinculación de sus patrocinados, puesto que sostuvieron que no estaba probada la comisión del delito que les endilgan.
Los abogados Diego Molina y Javier Cámpora, que aprovecharon la audiencia que tenía como fin ampliar la IPP (a pedido de la fiscalía) para efectivizar su requerimiento, habían asegurado que las irregularidades descubiertas forman parte y están previstas en los procesos administrativos, por lo que mediante los controles se podían solucionar sin tener que ser consideradas como ilícitos.
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El juez de Garantías Diego Sanz
Incluso, señalaron que parte del dinero que se detectó como faltante en los controles fue regresado a las arcas de la OSP y por ello consideraban que no existía perjuicio patrimonial para el Estado. Sin embargo y pese a los argumentos, el magistrado decidió descartar el sobreseimiento para los acusados que encabezarían la asociación ilícita, sospechada de defraudar por más de 15 millones.
Sanz indicó, al igual que lo había manifestado el fiscal Iván Grassi cuando le corrieron vista, que esta no es la etapa para realizar ese tipo de planteos y que las "pruebas" que referían las defensas no son pruebas, sino más bien elementos de convicción y, por tanto, como restaban que se produjeran más, no estaba en condiciones de hacer una evaluación.
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"...Cuando resta la pericia caligráfica y la pericia contable sería prematuro hablar de sobreseimiento... se requiere certeza de que el delito no existió o que no hay elementos suficientes para resolver con un sobreseimiento...", manifestó entre otras cosas el juez que, también en su fallo, resolvió que los 9 imputados estén bajo la medida coercitiva prevista en el artículo 295, inciso 1, del Código Procesal Penal, que indica que los acusados deben someterse al proceso y de no obstaculizar la investigación.
Después de que su señoría emitiera sentencia, todos los acusados se marcharon de la sala con custodia policial. Durante la lectura del fallo, todo se mantuvo en calma aunque algunos imputados buscaron el contacto visual con parte de la prensa. Es que más allá de las miradas desafiantes, el último lunes hubo un fuerte cruce entre Guzmán y un periodista que puso en alerta al personal policial.
Ante la consulta de este diario, respecto al procedimiento que pocas veces se observa, de los uniformados que evitaron cualquier tipo de contacto y cercanía con los periodistas, la explicación fue que se originó por orden del juez.
Los otros acusados
Valeria Aciar y Leonardo Trincado, defendidos por Fernando Castro; Genoveva María García Menegazzo representada por Guillermo Heredia; María Noel Becerra defendida por Milenko García; Federico Quintana defendido por María Sánchez Salmuni; y Mauricio Mesías representado por Aníbal Rojas.