A 10 días de que iniciara el juicio en su contra, el enfermero del Hospital Rawson acusado por la muerte de una paciente fue condenado por la justicia a 2 años y 6 meses de prisión en suspenso, por el delito de homicidio culposo. Se trata de Marcelo Gerardo Acosta, quien fue sentenciado por actuar con negligencia y, además, fue castigado con 5 años de inhabilitación.
Si bien la fiscalía pretendía condenarlo a 3 años de prisión en suspenso y a 8 años de inhabilitación a ejercer el cargo, la jueza del juicio Ana Carolina Parra le dictó una pena un tanto menor por desencadenar el fallecimiento de Susana Molina. De igual modo, le permitirá permanecer en libertad.
Minutos antes de que comenzaran alegatos, el profesional de la salud que se sentó en el banquillo de los acusados responsabilizó a los médicos por no prestar las indicaciones debidas, en el tiempo debido. El mismo manifestó que no podía asistir a la paciente porque, de haberlo hecho, habría incurrido en un delito o habría agravado la situación de la mujer que hacía unas pocas horas había ingresado al área de clínica médica, tras permanecer en terapia intensiva.
Además, el enfermero aseguró que no tenía acceso a la historia clínica de quien había sufrido un ACV y, por lo tanto, desconocía cuál era su estado. Sin embargo, el fiscal Iván Grassi y su ayudante fiscal Victoria Martín manifestaron a lo largo del debate que el enfermero procedió de forma incorrecta, pues ante los pedidos de asistencia de la familia de la presunta víctima e, incluso, la propia paciente, hizo caso omiso y ello generó el trágico desenlace.
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Frente a estas acusaciones de parte del Ministerio Público, Acosta, que se mostró seguro con sus argumentos, expresó que él no actuó porque no tenía las indicaciones para hacerlo y que los médicos tardaron cerca de 8 horas para otorgar alguna directiva, cuando ya era tarde. De hecho, el acusado explicó que hubo fallas en los protocolos que fueron superadas por él y que, de no haber sido por su accionar, en un primer momento, Molina habría muerto ni bien fue trasladada de cuidados intensivos a terapia intermedia.
"No puedo tocar un paciente sin indicación", aseveró al mismo tiempo que remarcó que fueron sus "jefes" los que no le informaron sobre el estado de la paciente y que subestimaron la salud de la mujer, que nunca previeron que podía empeorar, como sucedió. "Soy parte de una cadena, soy un eslabón más, hay responsables antes y después de mí en la atención a un paciente", agregó.
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Pese a los argumentos que ofreció, la fiscalía insistió con su responsabilidad en la muerte de Molina, ocurrida el 7 de septiembre de 2023. En líneas generales, relató que luego de haber permanecido unos días en terapia intensiva tras sufrir un ACV, la mujer evolucionó favorablemente y por ello fue derivada a clínica médica. Por la traqueotomía que tenía, debía ser aspirada con continuidad. No obstante, la fiscalía demostró en el juicio que ello no sucedió.
Aunque Acosta se justificó, la fiscalía remarcó que "omitió las señales de alerta y no concurrió a ver a la paciente", cuando los hijos de la mujer le pedían que lo hiciera. Pese a que le solicitaban que la aspirara, éste no actuó sino hasta que la misma entró en paro. Ello obligó a que hiciera maniobras de RCP, junto a otros facultativos. Y, si bien pudieron salvarle la vida, quedó con secuelas irreversibles y regresó de inmediato a terapia intensiva hasta morir, dos semanas más tarde.
Por el homicidio culposo causado por la por imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de los deberes de su cargo, Acosta recibió el castigo y, para no ir tras las rejas, deberá cumplir con las reglas de conducta.
El pedido de auxilio
Según sostiene la fiscalía, fue la propia paciente la que le pidió al enfermero que le aspirara las secreciones que tenía, producto de la traqueotomía que tenía. Como estaba impedida de hablar, pero desesperada por no poder respirar, le escribió en un papel que lo hiciera. Sin embargo, se sospecha que Acosta nunca vio el mensaje, porque no fue a atenderla sino hasta que entró en paro.