Después de que se conociera que el ídolo del hockey sobre patines, Francisco 'Panchito' Velázquez, fue denunciado en la justicia penal por la presunta comisión de un delito sexual, fuentes allegadas a la investigación confirmaron que aún persiste una causa preliminar y que no hay imputación por el momento. En ese sentido, el expediente que fue recibido en el CAVIG y luego remitido a la UFI ANIVI no presentó novedades este miércoles.
Aunque se especulaba con que las menores, presuntas víctimas del delito de exhibiciones obscenas, habían declarado, fue el propio abogado del ex campeón del mundo en que negó tal cuestión. Si bien hasta ahora no se ha llevado adelante ninguna declaración, se estima que el anticipo de prueba podría ejecutarse en los próximos días.
Como se trata de una investigación preliminar, pues no hubo una formalización de la acusación, en este tipo de casos se estipula realizar primero la Cámara Gesell para conocer la versión de las supuestas víctimas, para luego avanzar si la fiscalía considera que hay elementos que sustenten las sospechas. Es por ello que, frente a la trascendencia de la denuncia, el defensor Maximiliano Páez Delgado remarcó el daño a la imagen pública de su defendido, cuando subsiste la presunción de inocencia.
El Ministerio Público, en una etapa de valoración de pruebas para determinar las circunstancias del hecho y sus responsables, debe formar un legajo de investigación preliminar, en el que debe constar una sucinta descripción de los hechos, situándolos en tiempo y lugar, y debe adoptar o proponer en el plazo de 15 días algunas de las siguientes decisiones:
- La desestimación de la instancia por inexistencia de delito
- El archivo
- La aplicación de un criterio de oportunidad o disponibilidad
- Iniciar la investigación previa a la formalización de la investigación penal preparatoria
- Formalización de la investigación penal preparatoria
- La aplicación de alguno de los procedimientos especiales previstos en este Código
El plazo para la formalización de la investigación penal preparatoria no puede exceder los 90 días, prorrogables por el mismo término ante el Juez de Garantías en audiencia unilateral. Este plazo se suspende en caso de rebeldía del imputado. La fiscal puede solicitar al Juez en audiencia unilateral continuar la investigación previa a la formalización de la investigación penal preparatoria, sin comunicación al afectado, cuando la gravedad de los hechos o la naturaleza de las diligencias probatorias pendientes permiten presumir que la falta de comunicación resulta indispensable para su éxito.
Si la fiscal del caso, Andrea Insegna, considera que el hecho anoticiado no constituye delito, debe proceder a desestimar la promoción de la investigación. Ello no impide la presentación de una nueva denuncia sobre la base de elementos distintos.
Por otra parte, si es manifiesta la imposibilidad de reunir elementos de convicción o no se puede proceder, la representante del Ministerio Público Fiscal puede disponer el archivo de las actuaciones. El archivo no impide que se reabra la investigación si con posterioridad aparecen datos que permitan identificar a los autores o partícipes, o si desaparecen los demás impedimentos.