El profesor de música sanjuanino, Leandro López, que llegó a juicio por abusar de una alumna de 5 años, fue absuelto este lunes por la jueza Gloria Verónica Chicón.
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SUSCRIBITEEste hombre fue denunciado por cuatro hechos, pero durante la investigación lo sobreseyeron de otros tres. La fiscalía solicitó 5 años pena en los alegatos.
El profesor de música sanjuanino, Leandro López, que llegó a juicio por abusar de una alumna de 5 años, fue absuelto este lunes por la jueza Gloria Verónica Chicón.
Este hombre llegó a estar imputado de cuatro hechos de índole sexual, pero en marzo de este año fue sobreseído de tres. La acusación contra López fue por el cuarto y llegó a juicio por abuso sexual simple, agravado por ser el encargado de la guarda, en calidad de autor.
El debate comenzó hace una semana y este lunes se realizaron los alegatos correspondientes. La fiscal Ingrid Schott siguió solicitando la pena de 5 años de prisión efectiva y los abogados defensores, Sandra Leveque y Joaquín Moine, la absolución. La jueza Gloria Verónica Chicón tras un cuarto intermedio resolvió absolverlo.
El hecho que le atribuían tenía como supuesta víctima a una nena de 5 años que concurría al ENI Nº8 de Rivadavia, donde López daba clases de música. Ese caso fue el primero que se denunció, en fecha 26 de abril de 2023. La mamá denunció en la UFI ANIVI que un domingo en el que dialogaba con la pequeña y ésta le manifestó que no tenía muchas ganas de ir al jardín, además le comentó que el profesor de música la besó en la boca y dejó entrever que le tocó la entrepierna. Tras esa denuncia, se radicaron otras tres más.
Cabe destacar que durante la investigación la niña fue entrevistada y efectivamente hizo referencia a un supuesto beso en la boca por parte del profesor. Sin embargo, el resultado de la pericia psicológica arrojó que la supuesta víctima “no manifiesta indicadores compatibles con vivencia traumáticas de índole sexual. O que la niña haya significado como tal”, pero aclara que “teniendo en cuenta la edad de la misma, el diagnóstico no se configura como una conclusión cerrada, definitiva”.
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