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nuevo escándalo

Atrapan a la Noriega junto a otro abogado tomando alcohol en la vía pública

El procedimiento fue en la localidad de Concepción, Capital. Aparentemente los efectivos actuaron porque vieron que una camioneta estaba estacionada de forma sospechosa en una zona oscura.

Por Redacción Tiempo de San Juan

En la madrugada de este martes, María Filomena Noriega volvió a ser protagonista de un polémico hecho. Según confirmaron fuentes policiales fue atrapada junto a otro abogado tomando en la vía pública, precisamente en el interior de su camioneta en la localidad de Concepción, Capital.

Este procedimiento habría empezado porque los efectivos vieron por el Lateral de Circunvalación casi Tucumán a una camioneta Volkswagen Amarok parada de forma sospechosa.

Cuando los efectivos fueron a verificar que ocurría se toparon con Noriega junto con el letrado Devita. A este último se le hizo el dosaje de alcohol (pipeta) y saltó positivo. Por esta razón, ambos fueron enviados a sede policial, comisaría 2da.

Luego de pasar toda la madrugada en la comisaría, este martes a las 8 horas salieron en libertad, expresaron altas fuentes policiales de la jurisdicción policial.

Según informaron, Noriega y Devita fueron notificados por infringir el Articulo 135 del Código de Faltas (beber en la vía pública).

Artículo 135 del Código de Faltas de San Juan:

ARTÍCULO 135.- Prohibición de beber en la vía pública: El que consuma bebidas alcohólicas en la vía pública, lugares de acceso público, en los estadios u otros sitios donde se realicen actividades deportivas, educativas, culturales y/o artísticas, excepto en los lugares y horarios expresamente habilitados por la autoridad competente será sancionado, conjunta o alternativamente, con pena de multa de hasta cien jus (100 J), trabajos de utilidad pública, prohibición de concurrencia y/o arresto de hasta diez (10) días.

Serán sancionados con la misma pena quienes consuman bebidas alcohólicas a bordo de un vehículo y/o automotor, encontrándose éstos en circulación o estacionados en la vía pública.

Igual sanción corresponderá a los padres, tutores o guardadores cuando la contravención fuera cometida por un menor de dieciocho (18) años.

La prohibición prevista en esta norma no reconoce límite de edad.

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