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Boletín Oficial

¿Quiénes puedan acceder al cannabis medicinal?

Se reglamentó el programa para investigación del uso medicinal de la planta de cannabis. Y también se creó un registro de usuarios que estará bajo la órbita del Ministerio de Salud.

Por Redacción Tiempo de San Juan

El Ministerio de Salud reglamentó el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus Derivados y Tratamientos No Convencionales, mediante una resolución que establece las condiciones para la incorporación de los usuarios al Registro que regirá bajó su órbita, publicada hoy en el Boletín Oficial.

La resolución, que lleva el número 1537-E/2017 y reglamenta la 27.350 sancionada el marzo último, establece que "las personas que padezcan epilepsia refractaria, y a las que se prescriba el uso de cannabis y sus derivados, en base a las evidencias científicas existentes, son susceptibles de solicitar la inscripción en los Registros que le dependen".

No obstante, deja abierta la posibilidad de incorporar otras patologías "basado en la mejor evidencia científica".

La resolución describió tres categorías de inscriptos que alcanza a los pacientes que ya están en tratamiento, los que son incorporados a protocolos de investigación y los familiares de ambos casos.

La resolución ratifica, además, que "se fomentará la capacitación continua de profesionales de la salud en todo lo referente al cuidado integral de las personas que presentan las patologías involucradas, a la mejora de su calidad de vida, y al uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados a través de cursos, seminarios, jornadas científicas, teleconferencias y publicación de trabajos científicos".

Fuente: Clarín

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