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Poliamor legal

Un bebé tendrá el apellido de dos papás y una mamá gracias al fallo de una jueza

El caso de triple filiación se da en Buenos Aires, donde una jueza reconoció el derecho de las tres personas como padres de un bebé.

Por Redacción Tiempo de San Juan

Un fallo histórico que se suma a los que ya hay se dio en el país. La jueza Myriam Cataldo, a cargo del Juzgado Nacional en lo Civil Nº7 de la Ciudad de Buenos Aires autorizó que un bebé lleve el apellido de sus dos papás y una mamá.

Esto fue tras un largo peregrinar de una pareja de hombres que están juntos desde el 2018 y tenían el deseo de conformar una familia, pero no querían adoptar, por lo que optaron por la gestación por subrogación. Fue en ese momento cuando la terapeuta de uno de ellos les propuso apostar al modelo de la coparentalidad, formando familia con una mujer con el mismo deseo, ya que en Argentina no hay norma legal relacionada a la subrogación de vientre.

En la búsqueda de la “madre candidata”, la pareja creó un sitio web. Ahí fue donde conocieron a quien sería la madre del pequeño. Fueron manteniendo distintas conversaciones y la mujer quedó embarazada por medio de fertilización asistida.

Tras el nacimiento del bebé, debían enfrentar la parte legal, por lo que se presentaron ante la Justicia presentando el caso como una idea “novedosa, original y disruptiva”. Tras los procesos legales correspondientes, y pese a la oposición manifiesta del Registro Civil, el Defensor de los Menores y la fiscalía, la doctora Myriam Cataldo decidió reconocer “el derecho a la no discriminación con motivo o razón de la triple filiación o poliamor registral filiatorio”, ya que “fue procreado en laboratorio uniendo el gameto de uno de los hombres y el de la mujer”, según expresa el escrito.

En su fallo, dictó la inconstitucionalidad del último párrafo del artículo 558 el Código Civil, entendiendo que no se infringe derecho de la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.

“No se está quitando el valor de la carga genética de cada uno, sino desplazándose la importancia de las relaciones que antes se daban únicamente por lazos sanguíneos hacia el corazón del amor y de la solidaridad. La Corte ha señalado que en la Convención Americana no se encuentra determinado un concepto cerrado de familia, ni mucho menos se protege solo un modelo en particular de la misma”, señaló la magistrada.

Para finalizar, la jueza sostuvo: “La paternidad y la maternidad no deben ser solo conceptos objetivos y estáticos, en donde el componente afectivo resulte jurídicamente irrelevante”.

Este fallo es uno más de los que ya existen en el país ante la solicitud de triple filiación. Para evitar el proceso judicial que en varias oportunidades genera un efecto traumático en las partes, la senadora nacional por San Juan, Cristina López Valverde presentó un proyecto que busca modificar dos artículos del Código Civil y Comercial, con el objetivo de permitir el registro legal de tres vínculos filiales.

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