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Presentaron un proyecto de ley para aprobar la eutanasia en Argentina

Julio Cobos ingresó la Ley de Eutanasia para debatir en el Congreso. Existe la ley de Muerte Digna

Por Redacción Tiempo de San Juan

El diputado de la UCR Julio Cobos presentó un proyecto para legalizar la eutanasia en Argentina, luego de que Uruguay sancionara la ley de muerte asistida. En Argentina, está vigente la Ley de Muerte Digna, sancionada en 2012, que consiste en la posibilidad de rechazar tratamientos médicos ante una enfermedad incurable o en estado terminal.

El proyecto de ley fue ingresado en el Congreso en otras ocasiones. Alfredo Cornejo y Mariana Juri presentaron, junto a su bloque, la Ley de “Buena Muerte” para regular la eutanasia en 2021. Lo mismo hizo la diputada del Frente de Todos Mara Brawe, cuando el mismo año presentó “Derecho a la prestación de ayuda para morir dignamente”. Julio Cobos presentó un proyecto similar en el Senado, también en 2021. En 2024, Mariana Juri y Rodolfo Suárez de la UCR presentaron el proyecto “Buena Muerte”.

Entre 1997 y 2000, se registraron al menos siete proyectos de ley presentados en el Congreso, con el objetivo de aligerar las limitaciones sobre la muerte asistida y regular la toma de decisiones cuando el paciente no era capaz de hacerlo.

Ley de eutanasia en Argentina: en qué consiste el proyecto

Según el documento presentado por Cobos, la iniciativa contempla algunos requisitos clave para acceder a la eutanasia:

  • Ser mayor de edad.
  • Ser argentino o residir en el país por al menos 12 meses.
  • Padecer una enfermedad grave, incurable o con padecimiento crónico.
  • Haber recibido información médica completa sobre tratamientos posibles y cuidados paliativos.

El paciente o los familiares autorizados deben presentar la siguiente documentación:

  • Dos solicitudes con un intervalo mínimo de quince días, con testigos y la validación de un juzgado o un escribano.
  • Manifestar consentimiento informado.

El paciente puede revocar su decisión en cualquier momento del proceso y el médico a cargo puede presentar objeción de conciencia. El proyecto además incluye la modificación en el Código Penal para que los autores y testigos de la práctica no puedan ser denunciados como autores del delito.

FUENTE: BAE Negocios

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