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Exigen un nuevo requisito para patentar las motos: ¿cuál es?

La medida obligatoria regirá a partir del próximo 9 de octubre, según dispuso la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Por Redacción Tiempo de San Juan

La Agencia Nacional de Seguridad Vial dispuso una nueva exigencia que habrá que cumplir antes de patentar una moto. La medida, que se implementará a partir del 9 de octubre, indica que será obligatorio el alta del seguro para el patentamiento de motos en el Registro de la Propiedad Automotor.

La normativa indica que, los concesionarios y comerciantes de motos del país deberán implementar y gestionar el Formulario Digital Motocicletas 0KM - Seguro Obligatorio Anual. Esta herramienta fue creada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA), para que las motos cuenten con el seguro vigente antes de ser liberadas al tránsito y circulen en la vía pública por primera vez, tal como lo establece el artículo 68 de la Ley Nacional de Tránsito.

“En los próximos días ninguna moto nueva podrá circular por las calles si no tiene el seguro obligatorio contratado antes de salir del concesionario. Esto es algo que sucede hace muchos años con los autos y que por algún motivo nunca se hizo con las motos. Con esto, el objetivo de la ANSV es modificar una vieja práctica para continuar construyendo una nueva cultura vial para todos los argentinos”, expresó el director ejecutivo, Pablo Martínez Carignano.

La normativa, comunicada por el organismo del Ministerio de Transporte a través de la disposición ANSV 544/2021, también será obligatoria para el trámite de patentamiento de motocicletas 0 km ante la DNRPA.

En cuanto a los usuarios, la ANSV trabajará articuladamente con Cruz Roja Argentina para realizar un seguimiento, brindar asistencia técnica e información de concientización vial a todos los compradores que adquieran una moto 0 km y gestionen el seguro. Es importante destacar que, al momento de la adquisición de la moto, el comprador tendrá la opción de elegir la póliza de seguro que se ajuste a sus necesidades.

Esta medida apunta a que si un motociclista se ve involucrado en un incidente de tránsito pueda hacerse cargo del hecho y cubrir los daños ocasionados a través de un seguro legal y vigente. Además, se busca continuar impulsando acciones que impliquen un avance en la seguridad vial en el país y mejoren las condiciones de circulación de los motociclistas, quienes en el 2022 representaron 4 de cada 10 víctimas fatales en hechos viales.

·¿Cómo deben hacer los concesionarios y comerciantes?

• El concesionario o comerciante de motocicletas 0 km deberá darse de alta ante la ANSV como punto de venta enviando la información solicitada a la dirección de mail: [email protected].

• Luego de recibida la información, será procesada y se dará de alta como punto de venta habilitado para emitir el formulario.

• Una vez habilitado el punto de venta, se deberá registrar al personal autorizado para gestionar el formulario digital. Es un trámite online que se efectúa ingresando e iniciando sesión en: https://formulariomotos.seguridadvial.gob.ar/login

• El personal autorizado por el punto de venta estará habilitado para gestionar el formulario de manera digital ingresando e iniciando sesión en la dirección mencionada en el punto anterior, donde deberá seleccionar nuevo trámite y completar los datos requeridos de la moto vendida, del usuario y del seguro. También emitirá una boleta de pago que, luego de ser abonada, generará un número de formulario.

• Finalmente deberá incorporar el número de formulario en el trámite de patentamiento de la moto 0 km en el campo establecido.

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Para consultas, los interesados pueden comunicarse a: [email protected]

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