Desde el Gobierno nacional ya habían adelantado que, con el propósito de favorecer la competencia como la oferta, se iba a desregularizar el sistema del transporte de pasajeros. De esta manera, entre los cambios incorporados se encuentra la habilitación para que cualquier persona que lo desee pueda brindar el servicio, siempre y cuando cumpla con algunos trámites.
Los cambios se oficializaron con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 57/2024 de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado. “Se moderniza un régimen de más de 30 años de antigüedad con un sistema cerrado, permisos rígidos y burocracia excesiva, pasando a un sistema simple, declarativo, gratuito, digital y que mantiene los estándares técnicos y de seguridad vigentes”, señala el comunicado emitido desde el Gobierno nacional dando a conocer la implementación del nuevo sistema.
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El nuevo trámite, que será digital, estará habilitado desde mañana 11 de diciembre. Una vez registrados, se emitirá un Certificado de Alta de Transportista, y desde allí la persona podrá acceder a la inscripción de los servicios a prestar en lo que es transporte de pasajeros de media y larga distancia.
Cuáles son los nuevos cambios que se incorporan al transporte de pasajeros
Cabe recordar que esta medida es para el transporte de media y larga distancia. A partir de la publicación de la resolución, quienes presten el servicio podrán definir de manera libre:
- Recorridos
- Itinerarios
- Horarios
- Precios
- Modalidades
- Duración del servicio
El propósito es que esto permita una mayor oferta y competencia
Cómo registrarse para ser prestador del servicio de transporte de pasajeros
Cualquier persona podrá brindar el servicio de transporte, pero es importante contar con una inscripción previa al sistema. Para ello es necesario lo siguiente:
- Registrarse de manera online y gratuita en la web Trámites a Distancia (TAD)
- Completar el formulario de transportistas/empresas
- DDJJ Nómica de Parque Móvil
- DDJJ Nómina de conductores
- Título de propiedad o contrato de leasinfg (alquiler) de los vehículos
- Póliza de seguro
- Contar con RTO
Una vez registrados se emitirá el Certificado de Alta de Transportista dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles y podrán acceder a la inscripción de los servicios a prestar.
“Cabe destacar que se mantienen las exigencias de seguridad ya establecidas en la normativa vigente, tanto de tránsito y seguridad vial, como en los requisitos en materia de seguridad, higiene y accesibilidad correspondientes a cada clase y tipo de vehículo. Además, se deberá cumplir con la revisión técnica vehicular de los vehículos”, señala la información del Gobierno de la Nación.