La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este miércoles la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de una marca de miel que estaba "falsamente rotulada" y que, en consecuencia, fue calificada como un producto “ilegal”.
La decisión quedó oficializada a través de la Disposición 8668/2022, que fue publicada en la última edición del Boletín Oficial y que llevó la firma del titular de aquel organismo, Manuel Limeres.
El producto en cuestión es la "miel pura, marca Abuelo Mario, Vto: 2025, RNE 05404026714, RNPA 13036835". La investigación comenzó a raíz de "una notificación de la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) del Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires".
Entonces, la dirección de Zoonosis Urbana del Municipio de Lanús constató la comercialización y procedió a la intervención de tres unidades.
Tras corroborar el Sistema de Control Federal de Gestión de Alimentos, se encontró que "el RNE es inexistente y el RNPA se corresponde a otro producto de otro titular y se encuentra dado de baja desde el año 2014".
Inmediatamente, se "ordenó la prohibición en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires, la tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición del producto “Miel pura, marca Abuelo Mario".
Luego se dictó la misma restricción en cuanto a ese producto, para todo el territorio nacional, "por carecer de registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo un número de RNE inexistente y de RNPA perteneciente a otro producto y dado de baja en el año 2014, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".
Otras mieles prohibidas
A comienzos de octubre, la ANMAT prohibió otro producto de similares características. Se trató de la “Miel de abeja & jengibre, Ciudad de Plottier, RENAPA Q53461, RNE 16001148, SENASA SEFR 1020, Elaborado por: Sebastián”. Según refirió la normativa correspondiente, “las actuaciones se iniciaron a raíz de una notificación realizada por la Dirección de Bromatología de la provincia de Neuquén por una denuncia de un particular, en relación a la comercialización del producto”.
La autoridad sanitaria rionegrina sostuvo que “el RNE es existente y pertenece a un establecimiento habilitado para fraccionamiento de mieles y productos derivados de la apicultura”, pero el SENASA informó que “el código de número de registro no se corresponde a la jurisdicción indicada”.
Un mes atrás, en septiembre, la ANMAT prohibió también la comercialización de otras dos marcas de miel. La primera fue la "Miel marca Flores de Neuquén, de 1 kilogramo", que no contaba "con la rotulación adecuada a la normativa vigente".
Pocos días después, aquel organismo prohibió “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Miel de abejas”, marca La Flor de Victoria, Producida y envasada por Leocadio Walter, Ruta 174 y Arroyo El Ceibo Victoria - Pcia. de Entre Ríos”.
En ambos casos, se tomó la determinación “a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de un producto alimenticio que carece de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”.
Fuente: Clarín